El Ministerio de Seguridad Nacional dispuso una actualización integral de aranceles, tasas y montos máximos de multas del Registro Nacional de Armas (RENAR), en el marco de la Ley 20.429 de Armas y Explosivos, con pagos que irán desde los 20 mil a los 10 millones de pesos para infractores.
La medida se conoció este jueves a través de la Resolución 1383/2025 publicada en el Boletín Oficial, firmada por la ministra Alejandra Susana Monteoliva.
En los considerandos, se destacó que la última actualización había sido realizada el 19 de diciembre de 2022. Desde entonces, según el Índice de Precios al Consumidor (INDEC), los valores vigentes se depreciaron más del 600%.
Pese a ese desfasaje inflacionario, el Ministerio aclaró que no trasladará todo el impacto a los usuarios: “Si bien la inflación acumulada en el período comprendido es superior al 600%, (…) se considera necesario actualizar la misma en un 100%.”
La medida alcanza a los trámites relacionados con materiales regulados por los decretos 395/75 y 302/83 sobre armas, pólvoras, explosivos y afines.
Nuevos montos máximos de multas
El Ministerio de Seguridad también dispuso una actualización del régimen sancionatorio previsto en la Ley 20.429. Los nuevos topes quedan fijados de la siguiente forma:
- Particulares y responsables individuales: multa máxima de $10.000.000 (Art. 36 inciso 2°).
- Usuarios comerciales e industriales (fábricas, empresas financieras, transportistas, obras, importadores, exportadores y otras personas humanas o jurídicas comprendidas por el RENAR): multa máxima de $10.000.000 (Art. 36 inciso 3°).
Nuevo valor de la Unidad RENAR
La resolución también actualiza el valor de la Unidad RENAR, parámetro utilizado para determinar formularios, tasas, trámites y multas. El nuevo valor base se fija en $2.000.
La norma delega en la Dirección Ejecutiva del RENAR la aprobación de especificaciones técnicas, modelos de formularios y demás elementos registrales utilizados en los trámites.





