El Registro Nacional de Armas (RENAR) dispuso la prórroga por 90 días corridos que obliga a las Fuerzas Armadas, de Seguridad y Penitenciarias de todo el país a informar datos actualizados de su personal en actividad que posea armas registradas o gestione permisos de portación.
La medida fue adoptada por el Director Ejecutivo del organismo a través de la Resolución 45/2025, luego de que las distintas fuerzas manifestaran la necesidad de ampliar los tiempos administrativos para completar la carga de información requerida por la reglamentación del Decreto 409/2025. Esta normativa estableció nuevas pautas de registración, control y fiscalización del material controlado en poder del personal uniformado.
La Resolución 17/2025 de febrero, en su artículo 6°, ordenaba a todas las fuerzas —incluyendo Gendarmería, Prefectura, Policía Federal, PSA, policías provinciales y de CABA, así como servicios penitenciarios federales y provinciales— informar al RENAR, a través del sitio web oficial, dos condiciones clave respecto de su personal activo:
- Condiciones psicofísicas actualizadas
- Situación de revista
El objetivo es mantener actualizado el Registro Nacional de Armas y asegurar que el material controlado y sus legítimos usuarios cumplan con los estándares exigidos.





