El Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (RENATRE) aprobó la actualización de los montos correspondientes a las prestaciones extraordinarias que se otorgan a trabajadores rurales relevados en presunta situación de explotación laboral y a aquellos que atraviesan contingencias socioeconómicas.
La decisión fue adoptada durante la reunión del Cuerpo Directivo y comenzará a regir desde este 1° de noviembre próximo, según la Resolución 114/2025, publicada en el Boletín Oficial.
En el caso de la “Prestación Extraordinaria para Trabajadores/as Rurales Relevados en Presunta Situación de Explotación Laboral”, se estableció un pago único cancelatorio equivalente al monto mínimo de la Prestación por Desempleo prevista en la Ley 25.191.
Por su parte, la “Prestación Extraordinaria por Razones Socioeconómicas” consistirá en hasta tres cuotas cancelatorias, siendo cada una equivalente al monto mínimo de la mencionada prestación por desempleo.
Las erogaciones financieras necesarias serán atendidas con recursos provenientes del artículo 13 de la Ley 25.191, según lo dispuesto en la resolución.





