Lo hizo a través de una resolución de la Secretaría de Comercio del Ministerio de Producción, publicada en el Boletín Oficial. Según el texto oficial, "los exportadores cuyas operaciones están comprendidas en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur, deberán ingresar las divisas al sistema financiero local dentro del plazo de 3.650 días corridos".El Poder Ejecutivo justificó esta decisión al señalar que "a los fines de ampliar y mejorar la capacidad de financiamiento de los exportadores en particular en aquellos proyectos de inversión de largo plazo, corresponde adecuar los plazos otorgados"."En ese sentido, la adecuación de los plazos mencionados, permitirá también fortalecer la competitividad de las exportaciones argentinas, e incrementar la posibilidad de ganar nuevos clientes y mercados mediante la facilitación del financiamiento de las empresas de nuestro país a sus compradores del exterior", resaltó.En abril del año pasado, el Gobierno había extendido de 30 a 180 días el plazo de liquidación de divisas y un mes después, decidió ampliarlo a un año. Pero en agosto dispuso que el límite se ubicara en 1.825 días, es decir, cinco años. Para la Casa Rosada, la adecuación de los plazos para el ingreso de divisas de determinadas actividades, tiende a "mejorar la oferta comercial de la economía local, la competitividad de las exportaciones argentinas, flexibilizar las condiciones de financiamiento, potenciar la inserción internacional y brindar condiciones de previsibilidad financiera".La resolución publicada este viernes lleva la firma del secretario de Comercio, Miguel Braun.Fuente: Agencia de Noticias NA
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