Señora Directora: La prohibición solo fomenta la venta ilegal y el uso de pirotecnia clandestina. Esto aumenta exponencialmente los riesgos de la población en lugar de disminuirlos. Solo perjudica a quienes somos comerciantes legales y usuarios responsables, favoreciendo a personas inescrupulosas que se dedicarán a la fabricación casera y venta de productos más potentes y peligrosos.Los festejos con pirotecnia son una costumbre milenaria, arraigada en todo el mundo con distintos significados, según las tradiciones y las culturas. Para nosotros es sinónimo de festejo y algarabía, por un partido de fútbol, por un homenaje a nuestra patrona, por una fiesta familiar (cumpleaños, casamientos, etc.), por un evento político o cultural, por las fiestas patrias, etc. Una ordenanza que prohíba su uso sería, además de inconstitucional y antojadiza, de cumplimiento imposible. No se cambia una costumbre ni una tradición con una norma para conformar a grupos activistas.Quienes gustan de festejar con pirotecnia, tal vez no se expresen con una firma en un petitorio, sino que lo hace cada vez que compran los productos en comercios legalmente habilitados, aumentando año a año sus ventas, especialmente de los productos lumínicos y fomentando el uso responsable a partir del asesoramiento, sin que nadie los obligue ni los presione para que lo hagan.Sin productos seguros y legales disponibles en el mercado. Los daños serán mayores de los que se quiere erradicar, ya que se retornará a la pirotecnia clandestina, sin ningún control, de fabricación casera y, peor aún, volverán los festejos con tiros al aire de armas de fuego, con consecuencias mucho más trágicas y peligrosas para todos los vecinos.Los avances tecnológicos hacen que hoy sea muy fácil para cualquiera con acceso a Internet fabricar desde un petardo hasta una bomba (ver You Tube) y también es posible comprar cualquier producto desde su casa, en cómodas cuotas, inclusive productos pirotécnicos de origen legal y también de los otros (ver mercadolibre, páginas de ventas en Facebook, etc.).Se habla de los síntomas de algunos perros por la pirotecnia y estos síntomas no son otros que lo que sufren los caballos en los entrenamientos y en las competencias de carreras, saltos o polo; o el que sufren las mascotas con los ruidos causados por motos, sirenas o sonidos de la naturaleza (truenos, tormentas, etc.)Si salimos a la calle veremos la cantidad de perros deambulando, asustados, atropellados o atacando a las personas, provocando accidentes de tránsito con lesionados, heridos y hasta muertos. Esto lo vemos todos los días del año, no solo el 24 y el 31 de diciembre y por causa de la pirotecnia que se pretende prohibir. La molestia que a algunos le genera la pirotecnia, no es mayor que la que debemos soportar los vecinos de quienes tienen en sus casas o en la calle, varias mascotas que ladran permanentemente sin permitirnos descansar, o los ruidos que producen los escapes libres, o las máquinas viales, o los martillos neumáticos, o quienes viven en inmediaciones de los boliches o salones de fiestas, o cerca de los circuitos de los corsos o de donde se realizan festivales musicales o competencias deportivas (canchas de fútbol, básquet, etc.) o de pistas de carreras. Con todos estos ruidos debemos convivir y siempre habrá alguien molesto por ello.Pero además de todo esto, cualquier norma que prohíba la actividad será inconstitucional (como ya se expresó la Justicia en Neuquén, contra una ordenanza dictada por la Municipalidad de Neuquén), ya que vivimos en un estado de derecho, regido por normas que tienen una jerarquía que les confiere la Constitución Nacional (artículo 31 – Supremacía del Derecho Federal – Principio de Reserva). Por ello, y teniendo en cuenta que la Ley Nacional 20.429 y sus decretos reglamentarios, siendo que la Cámara de Diputados de la Provincia de Misiones, solo impulso la modificatoria referente a "Que los legisladores nacionales por Misiones impulsen ante el Congreso de la Nación, la modificación de la Ley 20.429 –Ley Nacional de Armas y Explosivos, a los efectos de incorporar sanciones a quien confiare o dejare llevar armas a menores de dieciséis (16) años o personas inexpertas en el manejo de las mismas, exceptuando la práctica de tiro en instituciones habilitadas con la correspondiente autorización de padres, tutores o encargados. Decimos que la pirotecnia es una actividad legal, autorizada y controlada por el Registro Nacional de Armas (Renar) y constituye una fuente laboral para mí y para más de 60.000 familias en nuestro país. Aprobar una norma que puede resultar “simpática” o “políticamente correcta” para los activistas de las redes sociales, puede traer consecuencias negativas para el resto de la comunidad que se expresa aceptando una costumbre arraigada en la sociedad, generando un riesgo importante y opuesto al que se pretende evitar, y ocasionando eventuales controversias judiciales con costosa resolución; además de perjudicar a quienes ejercemos una industria y un comercio lícito, enmarcado en leyes nacionales, provinciales y ordenanzas municipales vigentes, para lo cual nos inscribimos, nos sometemos a todos los controles necesarios y habituales y aportamos a los Estados nacional, provincial y municipal en concepto de tasas, impuestos y demás erogaciones.
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