La causa por el cuádruple crimen de la familia Knack, conocida tristemente como la “Masacre de Panambí”, camina rumbo al debate oral y en las últimas horas volvió a dar un paso firme hacia ese destino: la Cámara de Apelaciones en lo Penal y de Menores rechazó los planteos que habían presentado los defensores de los tres imputados y derivó el expediente de regresó a la instrucción, para el broche final y posterior elevación al Tribunal Penal 1 de Oberá.Así lo pudo saber PRIMERA?EDICIÓN mediante sus fuentes, quienes confirmaron que el alto órgano judicial consideró improcedentes los pedidos de nulidad que habían solicitado el abogado Ramón Grinhauz por Marcial Venicio Alegre (53) y la doctora María Salguero por Juan Ramón Godoy (46). Por el hecho está acusado también Pablo?Julio?Paz (53).Para la Sala II de la Cámara, conformada por los magistrados José Alberto?López y José Jacobo Mass, el requerimiento elaborado por la fiscal Myriam Silke -que sustenta el auto de elevación a juicio firmado por la magistrada Marta Arrúa- cumple con la normativa procesal y no posee defectos formales.En otras palabras, López y?Mass coincidieron en que las pruebas recolectadas en la instrucción son suficientes para que Alegre, Godoy y Paz respondan en debate oral y público por el delito de “robo calificado por haber sido cometido con arma, en poblado y en banda, y cuádruple homicidio calificado por ensañamiento y para procurar la impunidad, todo ello en concurso real”, que posee una expectativa de pena de prisión perpetua.Resuelta la cuestión, la Cámara de Apelaciones remitirá en las próximas horas el expediente hacia el Juzgado de Instrucción 3 de San Vicente, a cargo del juez Gerardo Casco, quien deberá cerrar la instrucción y finalmente reenviar la causa al Tribunal Penal 1 de Oberá, donde se desarrollará el juicio.Casco será el cuarto juez que tendrá en sus manos la investigación de uno de los crímenes más violentos de la historia policial de Misiones. Es que el expediente ya pasó por otros tres magistrados que debieron apartarse del mismo por diferentes cuestiones. De no surgir nuevas derivaciones, todo indica que la causa podría llegar al Tribunal antes de fin de año, aunque el debate se realizaría recién en 2017. Allí, finalmente, la Justicia deberá resolver qué grado de responsabilidad les cabe a Alegre, Godoy y?Paz.El episodio marcó un antes y un después y, si se quiere, fue el primer antecedente grave de una larga lista de violentos hechos delictivos perpetrados en las zonas rurales del interior provincial.Fue alrededor de las 19.30 del domingo 25 de mayo de 2014 que cuatro encapuchados armados irrumpieron en la vivienda de los Knack, en el kilómetro 7 de la ruta provincial 5, minutos después de que Cristian arribara de cobrar la venta de una carga de machimbre.Los maleantes maniataron a las cuatro víctimas. Primero las torturaron y luego las rociaron con alcohol y prendieron fuego, tras lo cual escaparon -se supone- con alrededor de 460 mil pesos. Oscar, Graciela y Bianca murieron a las pocas horas. Cristian, en cambio, resistió un poco más y falleció el lunes 30 de junio.Antes de hacerlo, el joven reconoció a uno de los detenidos. Después, huellas dactilares coincidieron con las de otro de los imputados. Para los investigadores, todo comenzó a cerrar, razón por la que los tres imputados permanecen tras las rejas y caminan hacia el debate oral y público. El único que escapó de la muerte fue Carlos “Nano”?Knack, que milagrosamente no estaba en la casa de la ruta provincial 5 al arribo de los delincuentes. Cuando regresó, descubrió la pesadilla. “Ojalá podamos superar esto, pero no sé si algún día lo vamos a lograr.?No hay manera de ocupar el vacío que nos dejó esta gente”, le dijo a este Diario meses atrás, no sin olvidar el pedido de justicia que -a más de dos años- aún resuena en las calles y picadas de Panambí.Encuadre legalLos imputados deberán responder por los delitos de “robo calificado por haber sido cometido con arma, en poblado y en banda, y cuádruple homicidio calificado por ensañamiento y para procurar la impunidad, todo ello en concurso real”. Sobre la última de esas figuras, en los incisos 2 y 7 del artículo 80 del Código Penal Argentino se establece que “se impondrá reclusión perpetua o prisión perpetua (…) al que matare: (…) 2) con ensañamiento, alevosía, veneno u otro procedimiento insidioso; 7) para preparar, facilitar, consumar u ocultar otro delito o para asegurar sus resultados o procurar la impunidad para sí o para otro o por no haber logrado el fin propuesto al intentar otro delito”.
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