BUENOS AIRES. En el marco de una sesión especial, la Cámara alta avaló ayer el pliego de 16 conjueces propuestos por el Ministerio de Justicia para ocupar subrogancias en juzgados de primera instancia del Fuero Civil y Comercial Federal de la Ciudad de Buenos Aires. La nómina, aprobada por 39 votos a favor y 21 en contra, aplica por primera vez lo establecido por una ley sancionada en el 2008, que fija el mecanismo para establecer quiénes cubren las subrogancias cuando se producen vacantes transitorias en los juzgados. En esos casos, según la normativa, la cámara del fuero “procederá a la designación de un subrogante de acuerdo con el siguiente orden: con un juez de igual competencia de la misma jurisdicción, teniendo prelación el juez de la nominación inmediata siguiente o por sorteo, entre la lista de conjueces confeccionada por el Poder Ejecutivo nacional”.Tras cuatro horas de debate, el oficialismo del Senado logró imponer su número en la sesión especial. La lista ahora será remitida a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial para que sortee los juzgados vacantes de ese fuero.Al iniciar la discusión, el presidente de la comisión de Acuerdos, Marcelo Guinle (FPV), sostuvo que la ley 26.376 “se sancionó para dar respuesta a un fallo de la Corte (Suprema) que declaró ilegal” la designación de subrogantes que realizaba el Consejo de la Magistratura. Sin embargo, el bloque radical del Senado a través de Gerardo Morales anunció que su partido “va a impugnar” la votación y denunció que la ley de subrogancias es inconstitucional porque “vuelve atrás” en el procedimiento al dejar afuera al Consejo de la Magistratura de la selección de abogados para integrar las listas para los distintos fueros. “Está en riesgo la independencia del Poder Judicial”, advirtió Morales, en línea con las preocupaciones que manifestaron otros legisladores, como Liliana Negre de Alonso (Peronismo Federal).La réplica del oficialismo, a través de Guinle, fue que por tratarse de conjueces -no de jueces definitivos- el mecanismo es particular y los candidatos sólo tienen que reunir los requisitos exigidos en la ley, que básicamente es ser abogados de la matrícula.Entre los tribunales en cuestión se encuentra el que debe resolver la demanda del Grupo Clarín por el artículo 161 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.





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