POSADAS. Como es habitual toda vez que se plantea alguna definición en torno al transporte urbano de pasajeros, el Concejo Deliberante local volvió ayer a mirar para otro lado y seguir dejando el tema en suspenso. Desde la renovación se intentó justificar esa renuencia valiéndose de una lectura amañada de la Carta Orgánica Municipal (COM) y que, lamentablemente, recibió el apoyo de buena parte de la oposición, dejando en soledad al edil de Trabajo y Progreso que lo había planteado.Éste, sin poder ocultar su molestia ante la enojosa situación en que quedó, supo, sin embargo, retrucar los pretextos argüidos por el oficialismo, valiéndose también de la letra textual de la COM. Dejó en silencio a quienes indirectamente había salido a defender los intereses de las empresas concesionarias de ese servicio, Mario Florentín y Laura Duarte. Pero no pudo evitar que el justicialista Ramón Velázquez y el macrista José Almirón trataran de desviar la atención, planteando cuestiones generales y secundarias, facilitándole el juego a la renovación.El otro edil opositor presente, Gabriel Nielsen (TP), se mantuvo en silencio, sin aportar opinión. Mientras los radicales Hernán Damiani y Pablo Velázquez estuvieron ausentes, al igual que los renovadores Carlos Báez y Lucio Mariani.Vecinos silenciadosEl cuerpo tampoco permitió la intervención de dos vecinos, Roberto Hoffman y Gerber Günther, quienes querían reclamar el estricto cumplimiento del artículo 23 de la COM que concede la gratuidad del transporte público “sin ningún tipo de restricciones” y con la sola “acreditación de la edad”. Después de largos devaneos con la presidenta del cuerpo Magdalena Solari, principalmente, ambos debieron retirarse del recinto, ofuscados por no haber sido escuchados.Una ordenanza para crear un programa de fomento y revalorización de buen trato hacia los adultos mayores fue la que dio pie al debate que, paradójicamente, dejó demostrado el desinterés por un tema que beneficia a esas personas. Una ordenanza contraria a la COMLa falta de cumplimiento del artículo 23 de la Carta Orgánica Municipal (COM) y la aún vigente ilegal ordenanza 2.627 evidenciaron una lectura errónea de la norma para beneficiar a quienes explotan el servicio del transporte urbano público de pasajeros. Y pese a que se trató de explicar que la norma comunal no contradice la previsión de la constitución municipal, la lectura del texto normativo es clara.En su artículo 23 plantea ese beneficio “conforme a la legislación” vigente que, en opinión del titular de la Comisión de Transporte y Tránsito, Mario Florentín (FR), le da validez a la norma que sigue utilizándose al otorgar esa gratuidad. Aunque obvió la referencia en cuanto a que regirá “sin ningún tipo de restricción”, así como que “no podrá establecer más requisito para el goce de la gratuidad que la acreditación de la edad”.La ordenanza 2.627, sancionada en abril de 2010 y modificatoria de la 1.313, fija horarios y la necesidad de un carné municipal para acceder a él. Contradice la previsión de la COM que prohíbe cualquier restricción además de lo que fijan las cláusulas transitorias tercera (deroga toda norma que se contraponga al texto constitucional) y octava que le da treinta días al Concejo para legislar sobre la materia. Término que venció el 10 de diciembre de 2010, pero que “aún se analiza”. Es sólo letra muertaIgnorar o soslayar el cumplimiento de aquellas normas constitucionales municipales parece haber constituido una constante del oficialismo en la actual conformación del Concejo Deliberante local. Y la expresión que tuvo ayer en cuanto a la gratuidad del transporte público a los ancianos es una muestra más de ese comportamiento que se agudizó en lo que va del presente año.No sólo se pretendió justificar la inacción del cuerpo en cuanto al respeto de esa previsión de la Carta Orgánica Municipal (COM) -a la que también se sumó la mayoría de la oposición-, hay otras previsiones de esa norma matriz que aún siguen sin tenerse en cuenta. Tal el caso, por ejemplo, de la presentación antes del 30 de septiembre del cálculo de gastos para el año siguiente (artículo 115 COM) que 26 días después de ese término aún no se le dio estado deliberativo. Aunque sus cifras ya trascendieron y nadie puede ignorar esa falta institucional grave de la Presidencia del Deliberativo posadeño.A ello se suma que, próximo a cumplirse ocho meses del período ordinario de sesiones, los ediles todavía no se dignaron a completar la conformación del Jurado de Enjuiciamiento para los funcionarios municipales cuya designación requiere del acuerdo del Concejo. Ello debió ocurrir en el primer mes de sesiones, en marzo (artículo 229 COM), pero fue recién en abril cuando que se designó una parte de él (tres concejales), quedando pendiente la selección de los otros cuatro (dos abogados y dos vecinos). Y aún faltan nombrar los delegados del cuerpo al Consejo Municipal Asesor de la Magistratura (artículo 199 COM).





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