El Tribunal en lo Criminal 2 resolvió no hacer lugar al beneficio de suspensión del juicio a prueba ("probation") en el marco de una causa contra la detenida líder de la Tupac Amaru, Milagro Sala, a raíz de un presunto episodio de amenazas a policías ocurrido en el 2014, cuyo juicio oral y público debía comenzar el 6 de septiembre y quedó suspendido por el pedido de la acusada. Así lo determinó el tribunal al considerar que "la situación de privación de la libertad" que atraviesa Sala y otras causa penales que tramitan en su contra, "harían difícil el cumplimiento de las reglas de conducta", informaron hoy fuentes judiciales.Tras esa resolución, el tribunal estaría en condiciones de fijar la fecha de inicio del juicio oral y público en su contra por este expediente.Así lo decidieron los jueces Antonio Llermanos, Luis Ernesto Kamada y Mario Ramón Puig, al rechazar una presentación formulada por Paula Álvarez Carrera y Elizabeth Gómez Alcorta a favor de la imputada Milagro Sala, cuya defensa podrá apelar la determinación.En esta causa, Sala será enjuiciada como supuesta autora del delito de amenazas por dos hechos en concurso real que involucraron a policías de la Comisaría Seccional 56 de Alto Comedero, ocurridos el 13 de octubre de 2014.En los fundamentos del fallo, el tribunal sostuvo que quien desempeña una función pública “se encuentra en una situación diferente a quien no la ejerce, pues el ejercicio de ella le confiere un poder con el que no cuenta el habitante común”.La defensa técnica de Sala había presentado el pedido de ‘probation’ días antes del inicio del juicio, previsto para el 6 de septiembre, y, posteriormente, recusó a los jueces Llermanos y Puig. Tras el rechazo de la recusación a Llermanos por parte de la defensa de Sala, el Tribunal de juicio quedó integrado definitivamente y procedió a resolver el pedido de las abogadas defensoras de Sala. Previo a expedirse sobre la petición, el Tribunal requirió opinión al fiscal Darío Osinaga Gallacher, y al querellante, Ricardo Arese Ottaviano, quienes se opusieron a la pretensión de la defensa con diferentes argumentos y afirmaron que al momento de la comisión de los delitos Sala era funcionaria pública en ejercicio de sus funciones al ocupar el cargo de diputada provincial (había asumido en el 2013).En la resolución que se conoció hoy, el juez Llermanos consideró importante arribar a la etapa del juicio oral en el marco de este expediente, debido "a la trascendencia de los hechos endilgados, máxime considerando el honorable cargo que la entonces diputada provincial detentaba".Sobre el particular, estimó que la concesión de la suspensión del juicio a prueba a Sala frustraría la posibilidad de dilucidar, en este estadío procesal, la existencia de hechos que prima facie han sido calificados como de amenazas cometidas por un funcionario público, junto con la determinación de la responsabilidad de quien ha resultado imputada de cometerlo y la sanción en caso de resultar condenada.Por último, al analizar otro de los aspectos que implica el otorgamiento del beneficio de la ‘probation’, cual es la facultad que tiene el Tribunal de imponer las reglas de conducta que deberá cumplir el imputado durante el tiempo de la suspensión del juicio, los jueces concluyeron que, en el caso de Sala, "las mismas se tornarían de imposible cumplimiento, debido a su situación de privación de la libertad, entre otras causas penales".En este expediente, la procesada líder de la agrupación Túpac Amaru está acusada de presuntas amenazas telefónicas a dos oficiales de la seccional Nº 56 de la Policía de Jujuy para exigirles que restituyeran prendas de vestir que le habían sido secuestradas.Sala está detenida desde enero del año pasado acusada, en distintas causas, de asociación ilícita, fraude y extorsión, entre otros cargos, y permanece alojada en el penal de Mujeres del barrio Alto Comedero.Fuente: NA





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