La Defensoría del Pueblo de Posadas elevó un nuevo expediente a la Comuna para exponer que “no se puede habilitar un salón velatorio sobre calle Félix de Azara, porque está prohibido por ordenanza”. Si bien hasta ahora la eventual factibilidad había sido elevada para consideración del alcalde Joaquín Losada- un trabajo técnico -realizado por el agrimensor Oscar José Camblong a solicitud de la Oficina de Defensa al Vecino- había determinado que la puerta del Jardín de Infantes del Instituto Roque González “está a menos de los 300 metros lineales de donde se pretende habilitar la funeraria”, lo cual está claramente vedado en la Carta Orgánica. Para alivio de los vecinos del microcentro, quienes se oponen a que se habilite un salón velatorio en una zona muy frecuentada por niños y adolescentes, a mitad de semana llegó la esperada respuesta del colegio, a través de su rector, Juan Rajimón, quien señaló por escrito que la puerta de ingreso que utilizan padres y niños del Jardín de Infantes (nivel inicial, salas de 3, 4 y 5) es desde el año 1995, Colón y Entre Ríos, para el ingreso; mientras que se usa los de La Rioja 1927 y Entre Ríos y San Lorenzo, para la salida.“No hay daño contra el propietario de la empresa, porque seguirá funcionando por calle Catamarca, donde tiene la otra funeraria. No nos oponemos a que funcione tal y como se pidió la factibilidad en 2009: ‘atención al público’. De ahí a que personas ingresen llorando a una sala velatoria es otra cosa”, explicó el defensor del Pueblo, Alejandro Cohen a la consulta de PRIMERA EDICIÓN sobre el polémico caso.“El bien tutelado, sobre lo cual se basó la normativa en vigencia, supone algunas situaciones que los niños y adolescentes todavía no llegan a comprender. Nosotros hemos solicitado la explicación de por qué hay un mínimo de metros contemplado en la ordenanza y es justamente para proteger a los menores en esas situaciones, de duelo y dolor, que no comprenden”, sintetizó sobre los aspectos centrales de la normativa vigente.“Se busca la protección psicológica de los menores, por eso la ordenanza estableció esos criterios técnicos”, insistió. En concordancia, el director general de Legal y Técnica de la Defensoría del Pueblo, Adrián Luna Vázquez, sostuvo: “Sería bueno, en el caso que se introduzcan modificaciones a la norma en vigencia, que se prevean situaciones que no contempla en la actualidad y es la existencia de espacios de recreación, como peloteros, guarderías, o institutos de formación educativa y de actividades extra escolar. La ordenanza, del año ‘89 no contempla estos cambios en la ciudad, y lo tiene que modificar en la ordenanza porque tienen relación con el bien protegido que es la salud de los chicos, llámese pelotero, guardería, instituto de inglés y demás”, enfatizó junto al Defensor del Pueblo. Caducidad En el expediente, la Defensoría pidió específicamente que se decrete la caducidad de la pre-factibilidad atento a que, si se presentó en 2009 y era por 180 días, tiene que haber un acta administrativa que dicte la prescripción. Y, por otro lado, solicitó que no se otorgue nueva pre -factibilidad o factibilidad (provisoria o definitiva) y que tampoco se proceda a otorgar ingreso a salón velatorio.“Hasta ahora la respuesta que nos habían dado desde la Municipalidad era que el salón no estaba habilitado, pero, que sí se elevó el pedido con ese fin, a consideración del Ejecutivo. Lo que nosotros les decimos es que no lo habiliten porque si lo hacen estarían violando la ordenanza. Queremos suponer que ante esta advertencia de la Defensoría, con argumentos legales y técnicos (medición de agrimensura y respuesta de las autoridades del Roque González sobre la ubicación de la puerta del Jardín de Infantes), la Municipalidad no va a violar una ordenanza vigente. No creo que lo hagan, que caigan en esa simplicidad”, enfatizó Luna Vázquez. Agregó Alejandro Cohen de su parte: “Les advertimos que si ellos van en contra de lo que dice la Carta Orgánica, los vecinos y nosotros vamos a ir al Tribunal de Faltas a impugnar esa habilitación, y además quienes se sienten afectados tienen abierta la posibilidad de iniciar una causa en la Justicia ordinaria, con lo cual se estarían comprando un inconveniente gratis”. Reiteró Luna Vázquez: “Nos dijeron que todavía no otorgaron la habilitación definitiva y que han elevado a consideración del Ejecutivo, el pedido de habilitación haciendo mención a un trámite iniciado en 2009. A raíz de esta respuesta, nosotros le volvimos a responder, de manera más enfática, ratificando lo que ellos dicen, y con el objeto de llevar más claridad al asunto, que nosotros no cuestionamos el salón velatorio con entrada por calle Catamarca, ya que ese local está habilitado hace mucho tiempo, y no podemos ir en contra de situaciones jurídicas consolidadas (derechos adquiridos); sin embargo, sí decimos que nos oponemos terminantemente a que se proceda a una nueva habilitación de salón velatorio para ingresos, sea de personas o de óbitos o de lo que fuera, por calle Félix de Azara tal como obra en el expediente”, ratificó a este Diario.





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