“Las acciones investigadas pudieran constituir actos de corrupción y por ende, mínimamente debiéramos mencionar que dichas acciones son imprescriptibles”, sostuvo la Sala II de la Plata.La causa era por irregularidades en el accionar del entonces juez federal Julio Miralles, ya fallecido, así como un grupo de abogados y profesionales médicos.Se los acusa la habilitación de casinos fuera de su jurisdicción y por otorgar amparos exprés en el marco del “corralito”.En la causa, la diputada nacional Elisa Carrió había realizado el pedido de imprescriptibilidad luego de presentarse como Amicus Curiae y el fallo es de importancia significativa, pues sienta precedente sobre que los “delitos de corrupción” no prescriben.Desde que comenzó la causa hasta ahora pasaron más de 10 años, y aún no se celebraron las indagatorias, las cuales se habían fijado inicialmente para 2004.En el Amicus Curiae que presentó Carrió pidió que se declare la imprescriptibilidad de los delitos de corrupción en los que sea parte algún funcionario de alguno de los tres poderes.Los camaristas César Álvarez, Leopoldo Schiffrin y Olga Angela Calitri, evaluaron que “la democracia representativa, condición indispensable para la estabilidad, la paz y el desarrollo de la región, por su naturaleza, exige combatir toda forma de corrupción en el ejercicio de las funciones públicas, así como los actos de corrupción específicamente vinculados con tal ejercicio”.“Para combatir la corrupción es responsabilidad de los Estados la erradicación de la impunidad y que la cooperación entre ellos es necesaria para que su acción en este campo sea efectiva”, agregó el Tribunal.Fuente: agencia de noticias NA y diarios digitales




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