La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró admisible un planteo de una empresa privada misionera contra la Dirección de Rentas de la provincia de Córdoba porque la última pretendía cobrar una alícuota agravada de Ingresos Brutos por no tener un domicilio cordobés.El mecanismo que utiliza Córdoba es similar a la “aduana interna” que aplica la Dirección de Rentas de Misiones (DGR), que induce a las empresas extra provinciales a concretar un domicilio en la provincia para tributar o, de lo contrario, le aplica una alícuota diferencial al momento de introducir productos para comercializar dentro del territorio misionero.Desde hace años hay planteos en contra de esta “aduana interna” provincial, que se ejecuta en los únicos dos puntos de ingreso de mercadería a la provincia, sobre la ruta nacional Nº 12 en El Arco y sobre la ruta nacional 14 en la zona conocida como Centinela.En rigor, el Alto Cuerpo viene declarando la admisibilidad de su intervención en las denuncias, sin resolver todavía la cuestión de fondo, situación que se replica en demandas que distintas empresas están realizando también contra otras provincias. Una vez que resuelva la cuestión de fondo en uno de los casos, puede ser un antecedente lapidario para la DGR misionera que ya acumula decenas de planteos similares.En esencia, la queja es por el cobro de un porcentaje más alto de ese impuesto por el solo hecho de tener sus plantas radicadas fuera de los territorios en los que venden sus productos y, por lo tanto, tributan. En otras palabras, se denuncia la existencia de “aduanas internas o paralelas”.Misiones y Córdoba son las dos provincias que mayor número de planteos adversos acumulan y serían las que tienen la brecha más alta.La novedad que encendió la alarma ha sido un reciente fallo en el que la Corte, además de comunicar que intervendrá en la demanda, hizo lugar a una medida cautelar contra el fisco cordobés.La denuncia fue presentada por la firma Torres e Hijos SA (Tehsa), que se dedica a la fabricación de colchones marca Taurus en Posadas, a la que la Provincia de Córdoba le reclama el pago de 1.957.709,98 pesos, cifra que abarca desde 2011 hasta junio de 2014, informó el diario cordobés La Voz.La empresa, que está inscripta como contribuyente en el convenio multilateral del tributo, rechazó esa intimación y solicitó que la Corte le ordene a Córdoba suspender la aplicación de la alícuota diferencial.El máximo tribunal avaló ese pedido de no innovar y le comunicó al fisco provincial que le cobre a Tehsa “las mismas alícuotas fijadas o que se fijen en el futuro en las leyes tarifarias provinciales para los contribuyentes que desarrollen las mismas actividades en establecimientos ubicados en Córdoba”. También le ordenó “que se abstenga de disponer” contra la empresa demandante “medidas cautelares asegurativas” por la diferencia económica que se genere al igualar alícuotas hasta que se dicte sentencia definitiva.Ingresos Brutos es el tributo más importante en recaudación propia para la provincia de Misiones, superando el 80% del paquete total de la recaudación. Los ingresos que la DGR capta por las alícuotas agravadas para firmas radicadas en otros lugares tienen un peso muy importante en el total.El tema viene siendo abordado en la comisión arbitral que reúne a todas las provincias, ámbito en el que se está estudiando la posibilidad de instrumentar una solución para todos los distritos.A la vez, trascendió que las empresas están elaborando un estudio para mostrarle a la Corte el impacto económico que tiene la recaudación de Ingresos Brutos sobre contribuyentes de jurisdicción extra provincial, situación que encarece los productos generando inflación y desabastecimiento.




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