La denuncia de la OA se originó por un informe de la Sindicatura General de la Nación (Sigen) que advirtió sobre un hallazgo en contratos firmados entre Enarsa y empresas dueñas de depósitos de combustibles. Para garantizar el abastecimiento para las centrales de generación de energía eléctrica, la Secretaría de Energía -dependiente del Ministerio de Planificación, en ese momento a cargo de Julio De Vido- autorizó en 2011 a Enarsa a contratar el uso de depósitos de combustible líquido. Durante 2012 se firmaron contratos con tres empresas propietarias de plantas de almacenamiento en Tucumán, Buenos Aires y Entre Ríos. Si bien las empresas pusieron a disposición el servicio, los establecimientos nunca habrían sido utilizados por Enarsa a lo largo de la vigencia de la relación contractual. Esto ocurrió porque el Acuerdo Operativo entre Enarsa y la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico SA (Cammesa) nunca se concretó. “El caso es que esta inexplicable maniobra –en los propios términos del informe de SIGEN- cuyo alcance definitivo habrá de determinarse como producto de la pesquisa, habría llevado a ENARSA a la situación de asumir una deuda acumulada de varios años por un servicio que jamás se prestó con las empresas CHENYI S.A., GENERACION INDEPENDENCIA S.A. y PROBATER S.A. por un monto aproximado de veinte millones de dólares (U$S 20.000.000)”, sostiene la Oficina Anticorrupción en el escrito presentado ante la Justicia. Así, dado que el acuerdo nunca se firmó, Enarsa jamás recibió los fondos para pagar sus deudas con las empresas contratadas. Pero recién en mayo de 2015 la Secretaría de Energía comunicó que dejaba sin efecto la autorización para que la empresa alquilara depósitos de combustible. “De esta manera, en virtud de una –al menos- sospechosa combinación de acciones y omisiones por parte diversas entidades estatales que intervinieron en los hechos, finalmente se habría contratado un servicio que jamás se utilizó generando para Enarsa una deuda millonaria en dólares”, advierte la OA en la denuncia.Para la Oficina Anticorrupción, esta maniobra podría encuadrarse en las figuras de incumplimiento de deberes de funcionario público, negociaciones incompatibles y administración fraudulenta agravada por haber sido cometida en perjuicio de la Administración Pública. “Incurre en este delito quien actúa excediendo dolosamente las facultades que le confiere su rol de administrador de bienes ajenos y compromete los intereses confiados de manera perjudicial o innecesaria con el fin de obtener un provecho económico para sí o un tercero, o para causar un daño”, concluye el escrito.





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