La Cámara Federal de Casación Penal rechazó el último recurso interpuesto por las defensas del prefecto Jorge Antonio Lezcano y Hugo Alberto Alfonso, quienes ahora quedaron al borde de cumplir las condenas a cuatro años y tres años y seis meses de prisión, respectivamente, por “homicidio culposo calificado por el número de víctimas”, en la muerte de los ocho competidores del tradicional cruce Pacu Cuá-Posadas.Fuentes del caso explicaron que el alto cuerpo resolvió que no es viable la admisibilidad o los requisitos de los recursos extraordinarios planteados por los abogados de ambos acusados. De esta manera la sentencia es prácticamente definitiva, quedó firme y debe cumplirse, explicaron a este Diario. La última vía que les queda a los representantes legales de los imputados es recurrir en queja ante la Corte Suprema de la Nación, aunque se cree que no tendrían elementos debidamente fundamentados para tal presentación. En duros términos En su resolución, la Cámara Federal de Casación se expresó en duros términos.En algunos párrafos de su escrito refiere que “en el fallo se los encontró responsables de haber incumplido sus deberes de garantes como organizadores y custodios de la competencia de nado, llevada a cabo el 16 de enero de 2010 (‘Cruce a nado del río Paraná’), en la provincia de Misiones, la cual culminó con el deceso de ocho de sus participantes. Alfonso fue encontrado responsable por su condición de presidente de la asociación organizadora del evento y Lezcano por ser el oficial a cargo de la Prefectura Naval Argentina en el lugar, que era la autoridad de contralor. Contra esta sentencia, las defensas interpusieron sendos recursos de casación. Ambas sostuvieron que la Justicia Argentina era incompetente para intervenir en estos actuados porque el hecho se había consumado en jurisdicción paraguaya, así como también invocaron arbitrariedad de la sentencia en lo atingente a la valoración de la prueba y la significación jurídica de los hechos. Son dos los motivos por los que los recursos interpuestos no podrán ser concedidos. Por un lado, los agravios se basan únicamente en una mera discrepancia con los fundamentos vertidos por la sala III, sin lograr demostrar que la misma adolece de logicidad. Respecto a la cuestión de competencia, el ‘a quo’ ( N. de la R.: dícese de juez cuya decisión es recurrida ante el tribunal superior) ha dado fundamento suficiente para sostener que era la Justicia argentina la que debía intervenir. Recalcó que ya era una cuestión zanjada, pues había sido un planteo de la defensa de Lezcano en la etapa de Instrucción, por lo cual, la pretensión de las defensas se traducían en una reedición de los mismos planteos presentados tanto en la etapa de Instrucción como así también en los recursos de casación, que ya tuvieron suficiente respuesta en la resolución que aquí se impugna, sin incorporar argumentos distintos a los tratados”. Interviene un juez de ejecución Voceros del caso indicaron que ahora la defensa de ambos imputados prácticamente quedó sin chances de recurrir a instancias superiores, en este caso la Corte, quedando como única vía un recurso extraordinario -de queja-. Mientras tanto los tiempos procesales corren, y la causa regresará al Tribunal Federal de Posadas, donde un juez de ejecución será quien ordene el lugar de cumplimiento de la condena. El día en que se resolvieron responsabilidadesEl viernes 19 de diciembre de 2014 el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Posadas condenó al organizador de la prueba recordada como la Tragedia del Paraná, Hugo Alfonso (36), y al prefecturiano Jorge Lezcano (44) como responsables del delito de “homicidio culposo calificado por el número de víctimas”, por el hecho ocurrido el 16 de enero de 2010, donde murieron ocho deportistas. El funcionario recibió una pena de cuatro años de prisión y cinco de inhabilitación especial, mientras que “Tyson” -como se conoce en el ambiente a Alfonso- un total de tres años y seis meses de cárcel. De todas maneras, en aquella ocasión ambos salieron en libertad del recinto. La resolución fue adoptada por los magistrados Norma Lampugnani, Mario Hachiro Doi y Lucrecia Rojas de Badaró.Antes de la sentencia Lezcano, entre otras cosas, volvió a declararse inocente, habló de mentiras por parte de testigos y familiares y aseguró que cuenta con el apoyo de una buena parte de la sociedad posadeña.Los nadadores que murieron en aquella trágica mañana, cuando competían en la 80ª edición del cruce del Paraná, succionados por la corriente hacia barcazas sojeras ancladas en medio del río fueron Luis Saide (56), Víctor Sessa (36), Fernando Solé Masés (12), Sebastián Ruzecki (19), Nicolás Levequi (14), Eugenio Seró (59), Mauro Bacigalupi (28) y Manuel Leiva (57). Tal como se consignó, ahora que los acusados quedaron al borde de ir a prisión, tras conocerse el rechazo del recurso extraordinario por parte de la Cámara Federal, deberán cumplir al menos la mitad de la condena para poder solicitar la libertad domiciliaria.Mientras tanto, los tiempos procesales corren y las defensas presentarían sus últimos planteos.





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