POSADAS. En Argentina, por la Ley 26.743, la identidad de género es una decisión personal. A diferencia de la normativa de otros países, no hace falta aquí ningún estudio médico o psiquiátrico que “confirme” el género de una persona. El primer ámbito donde impactó la 26.743 fue en el Registro Nacional de las Personas, donde, a partir de 2012, las personas trans pudieron tramitar su DNI con el nombre acorde a su identidad sexual sin tener que pasar antes por la Justicia. No obstante, pese a que la Ley 26.743 garantiza el acceso a tratamientos de modificación corporal (hormonizaciones o intervenciones quirúrgicas) sin tener que someterse a diagnósticos psiquiátricos, autorizaciones judiciales e, incluso, sin haber realizado antes el cambio registral de identidad.Esta cuestión se está cumpliendo a cuentagotas en los hospitales del país. Con el propósito de acelerar este proceso y esclarecer el “abc” de los nuevos procedimientos, el Ministerio de Salud de la Nación presentó días atrás la Guía para el Tratamiento Integral de las Personas Trans en todos los hospitales del país. Derechos reconocidos Las personas trans no sólo tienen derecho a vestir y llamarse según su identidad de género, sino también a que las instituciones acepten esta identidad en sus funcionamientos cotidianos. Así, según se precisa en esta guía para hospitales y centros de salud, deberán llamar a las personas trans como éstas les indiquen (tengan o no cambio registral y aunque sean menores de edad), tanto en relación con la sala en que deben ser internadas como en los instrumentos de registro. Vale recordar que las personas trans no sólo tienen derecho a acceder a los tratamientos médicos de modificación corporal, sino también, según quedó establecido en la Ley 26.862 (de 2013), a acceder en forma gratuita a tratamientos para la consecución del embarazo. Corta vida El acceso sin trabas y sin prejuicios de la población trans al sistema de salud es primordial, pues, en Argentina, el promedio de este sector es de 35 años, muy por debajo de la expectativa de vida del resto de la población, que es de 75 años. Entre las principales causas de muerte de las femenidades trans se encuentran en primer lugar el sida (55%), asesinatos (16%), suicidio, cáncer, sobredosis, ataques cardíacos, diabetes, cirrosis, complicaciones derivadas de la autoadministración de hormonas, siliconas o aceites. La prueba piloto de la Primera Encuesta sobre Población Trans en Argentina realizada entre 2011 y 2012 por el Indec y el Inadi, reveló que el 80% de la población trans no tiene cobertura de obra social, prepaga ni plan estatal. La mitad de las personas encuestadas se realizó hormonizaciones, siendo más frecuentes en femenidades (61%) que en masculinidades (19%). Nueve de cada diez personas trans manifestaron realizar hormonizaciones sin asesoramiento ni acompañamiento de un profesional de salud. Del total de los consultados, el 54% efectuó modificaciones corporales, siendo la más habitual la inyección de siliconas o aceites (casi nueve de cada diez se aplicaron inyecciones). Discriminados Las situaciones de discriminación y violencia vividas en instituciones públicas, incluidos los establecimientos de salud, son mencionadas tanto en el estudio del Indec y el Inadi como en el realizado en 2013 por la Asociación de Travestis, Transexuales y Transgéneros de Argentina (Atta) y la Fundación Huésped; y en 2007 por la Asociación de Lucha por la Identidad Travesti-transexual (Alitt).El 91% de los trans consultados por Alitt señaló haber sufrido situaciones de violencia en escuelas, hospitales, transportes y oficinas públicas. Según dio cuenta la encuesta de Atta y Fundación Huésped, en los efectores de salud, los trans sufrieron discriminación tanto por parte de otros usuarios como por distintos integrantes del equipo de salud, en especial por personal médico y administrativo.





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