POSADAS. Después de cuatro años de pedir justicia, la familia de Kevin Roa (12) tendrá algo de alivio. En los últimos días fue elevada a juicio oral la causa que investiga la muerte del niño, que perdió la vida arrollado bajo un colectivo urbano que circulaba en contramano por una calle de Candelaria.Quien deberá sentarse en el banquillo de los acusados es Gerardo González (29), chofer del ómnibus que provocó el hecho, quien fue acusado formalmente de “homicidio culposo”, pudo saber PRIMERA EDICIÓN en base a sus fuentes.La causa fue elevada a juicio por la fiscalía de Instrucción 2 de Posadas, a cargo del letrado Christian Antúnez, y efectivamente llegó a esa instancia tras la confirmación de la Cámara de Apelaciones en lo Penal y de Menores. “Lo que perseguimos como familia es que se dilucide la responsabilidad del conductor. Yo sé que no va a ir preso, pero que por lo menos lo suspendan 3, 5 o 7 años, como está establecido en la ley. Y que en ese tiempo reflexione sobre lo que hizo, porque hasta ahora nunca se acercó”, le había dicho a este diario hace casi dos años Francisco, el padre de Kevin, que jamás bajó los brazos.El episodio ocurrió el viernes 13 de agosto de 2010 alrededor de las 18.20 en la intersección de las calles Mitre y Córdoba de Candelaria, a unos veinte kilómetros de la capital provincial.El niño intentaba cruzar la calle cuando fue embestido por el interno 107 de la empresa Nuestra Señora del Rosario, que viajaba hacia el Oeste por Mitre con 15 pasajeros al mando de González. Kevin no tuvo chances y murió prácticamente en el acto. En su momento, como lo reflejó este diario, vecinos de la zona se mostraron indignados ante el suceso y resaltaron las altas velocidades que imprimen los ómnibus urbanos en la zona, apañados por la falta de controles.Más tarde las pericias indicaron que el vehículo de transporte circulaba por el carril contrario, es decir, en contramano. Y todo indica que lo hacía a una velocidad mayor a los 20 kilómetros por hora que declaró el chofer en su momento.“Las pericias confirman que desde que chocó a mi hijo hasta que frenó, el colectivo recorrió unos 25 metros, con una frenada importante incluida. Y yo como conductor sé que si un colectivo va a la velocidad que él dijo, en 4 metros frena. Es apenas un topetazo que le podés pegar a un peatón, pero no la pasás por encima ni dejas el cuerpo a 12 metros del colectivo, ni lo cortás por la mitad, como pasó con mi hijo”, aseguró Francisco Roa desde su propia experiencia: el también es chofer de colectivos desde hace 25 años, pero de larga distancia.“Venía de contramano y a unos 60 kilómetros por hora, cuando la Ley Nacional de Tránsito establece que un colectivo no debe superar los 30 kilómetros por hora en una calle terrada, como lo era en ese momento la Mitre”, agregó Roa.El caso fue investigado por el Juzgado de Instrucción 2 de Posadas, que consideró insuficiente la evidencia para dictarle la falta de mérito al chofer, pero luego de una apelación, el Tribunal Penal 1 de Posadas revocó esa resolución y ordenó que el caso se siga investigando. Hasta ahora, que finalmente el auto de elevación a juicio quedó firme. Todo se ventilará ahora en uno de los juzgados correccionales.En su momento el caso reavivó el debate sobre la necesidad de una nueva ley de tránsito. Sin embargo, cuatro años después, poco parece haber cambiado al respecto. Encuadre legalEl artículo 84 del Código Penal Argentino establece que en caso de un hecho de homicidio culposo el autor “será reprimido con prisión de seis meses a cinco años e inhabilitación especial, en su caso, por cinco a diez años el que por imprudencia, negligencia, impericia en su arte o profesión o inobservancia de los reglamentos o de los deberes a su cargo, causare a otro la muerte”. En el mismo artículo se indica que “el mínimo de la pena se elevará a dos años si fueren más de una las víctimas fatales, o si el hecho hubiese sido ocasionado por la conducción imprudente, negligente, inexperta, o antirreglamentaria de un vehículo automotor”.





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