POSADAS. En medio de la fuerte puja entre los empresarios y el Gobierno por la asfixia impositiva y fiscal, la Corte Suprema de Justicia de la Nación falló a favor de la Asociación de Bancos de la Argentina (ABA) que preside Claudio Cesario y que integran entidades como Banco Santander Río, BBVA Banco Francés, Deutsche Bank, Citibank y HSBC Argentina, entre otros.Mediante la medida, la CSJN obliga al ente recaudador provincial a devolver a varios bancos lo que les cobró por Impuesto de Sellos sobre operaciones monetarias y financieras en el período entre 2007 y 2011, más intereses y costas del juicio, debido a que las normas bancarias prohíben a las entidades trasladar el costo del tributo a los clientes.Según el diario El Cronista, “la causa Asociación de Bancos de la Argentina y otros contra Misiones trata sobre la solicitud por parte de determinados bancos para que se decretase la inconstitucionalidad de normas de Misiones, por medio de las cuales se pretendió establecer la prohibición de trasladar el Impuesto de Sellos sobre operaciones monetarias, explicó Dora Alegre, de Crowe Horwath, y añadió que las entidades financieras de esta manera soportan en cabeza propia el gravamen”.En similar camino, fueron también las entidades que conforman la Asociación de Bancos Privados de Capital Argentino (Adeba) que preside Jorge Brito.Para recuperar los años siguientes a 2011 hasta la actualidad, los bancos involucrados en la demanda que ganaron ante el máximo Tribunal tendrán que iniciar nuevas acciones legales.Según el fallo difundido por el matutino porteño, “la Corte decidió que ‘asiste razón’ a los bancos en cuanto afirman que al prohibir la traslación del impuesto, las normativas impositivas de Misiones colisionan con normas nacionales y constitucionales de jerarquía superior. Por lo que declaró que ‘corresponde hacer lugar a la impugnación’”.“La Provincia se ha extralimitado en sus facultades, al intervenir entre las entidades financieras y sus clientes, y al regular indirectamente las actividades específicas de aquéllas, al introducir un elemento condicionante de la relación contractual, y de innegable relación con las comisiones de las entidades”, añadió el diario El Cronista que cita textuales del fallo judicial, y puntualizó que esas competencias “resultan inherentes al Banco Central”.





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