POSADAS. Los varios pedidos de declaración de emergencia que ingresaron tanto a la Cámara de Diputados como al Senado de la Nación tuvieron ayer un tratamiento sobre tablas, evitando el circuito tradicional que se da a los proyectos con el previo paso por las comisiones legislativas. En Senadores, tuvo mayor fuerza el pedido de los legisladores formoseños que el de los misioneros, pero en definitiva, el proyecto del senador kirchnerista José Mayans pide declarar “la emergencia económica y social por el término de 180 días, prorrogables por igual término a consideración del Poder Ejecutivo Nacional, a las ciudades que fueron afectadas por las inundaciones en las provincias de Formosa, Chaco, Misiones y Corrientes”.En Diputados, en cambio, se acordó un texto “solidario”, en base a una propuesta de la misionera Stella Maris Leverberg. Sin embargo, el inicio de las vacaciones de invierno en el Congreso nacional hará que la media sanción del Senado deba esperar al menos quince días para tener la sanción definitiva para convertirse en ley.Lo aprobado en el SenadoAdemás de la declaración de “zona de emergencia económica y social” para Misiones, Formosa, Chaco y Corrientes, la Cámara alta determinó “una partida especial para afrontar las acciones de asistencia y reconstrucción de las zonas afectadas, en el marco de la emergencia dispuesta”.En el artículo 3 encomiendan al Poder Ejecutivo nacional “la ampliación de fondos destinados a la cobertura de planes sociales durante el período temporal de la declaración de emergencia en el ámbito geográfico de la misma, así como la adopción de medidas que tiendan a preservar y restablecer las relaciones de producción y empleo. En lo que respecta a la obras públicas, se procederá, con carácter de urgencia, a la asignación de partidas con la finalidad de llevar a cabo la reparación, reemplazo y/o construcción de aquellas que resulten necesarias y que fueron afectadas por las inundaciones, previo estudio del conjunto de las mismas, lo que permitirá establecer prioridades para el empleo de los fondos disponibles”.Finalmente se faculta al Gobierno a brindar “asistencia financiera especial para las actividades económicas damnificadas: las instituciones bancarias nacionales, oficiales o mixtas, concurrirán en ayuda de las explotaciones damnificadas comprendidas en la declaración de zona de emergencia económica y social, aplicando, de acuerdo a la situación individual de cada explotación y con relación a los créditos concedidos para su explotación comercial, las medidas especiales que se consideren adecuadas”. Además, podrá brindar “asistencia técnica y financiera realizando aportes no reembolsables para gastos de inversión y operación para recomponer la capacidad productiva, dando preferencia a emprendimientos familiares con pequeñas escalas de producción y subsistencia, facilitando en tales casos el cumplimiento de los requisitos formales exigidos para el acceso a los beneficios del sistema”. Finalmente, se faculta a instrumentar, a través de la Afip y la Anses, “regímenes especiales de pago que contemplen expresamente a los contribuyentes afectados con medidas impositivas especiales” que se determinarán luego.





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