POSADAS. En la sesión de esta tarde, tomará estado parlamentario el proyecto de ley mediante el cual se propone reglamentar la “objeción de conciencia”. De prosperar, un funcionario que no acepte el matrimonio igualitario se podrá negar a celebrarlo. Al igual que un médico al que se le solicite ejecutar prácticas de aborto no punible, muerte digna, identidad de género, salud sexual y reproductiva. No está alcanzada la materia tributaria.La propuesta del diputado Pablo Tschirsch establece que el “Estado Provincial garantiza a todos los habitantes de la Provincia de Misiones el derecho fundamental a no actuar en contra de la propia conciencia personal, bajo las condiciones que establece la ley, la que se denominará objeción de conciencia y siempre que no afecte con ello a terceros”.Define a dicha objeción como “el derecho subjetivo a desobedecer una norma jurídica que imponga acciones u omisiones contrarias a las convicciones religiosas, morales o éticas indubitablemente acreditadas, aceptando cumplir prestaciones sustitutivas, cuando éstas correspondieran”. Pero “En ningún caso se aceptará cuando dañe ‘a un tercero, a los menores bajo la tutela o guarda del objetor, que afecte las convicciones o creencias de otros, a la moral o ética pública o un interés público estricto, debidamente acreditado”. Una cuestión que resultará no menos polémica para quienes deban decidir al respecto.Cuando se invoque una objeción de conciencia la ley prevé que “el Estado deberá garantizar que otra persona cumpla con ese deber jurídico, orden o mandato de autoridad que no sienta afectada su propia conciencia”.Para la reglamentación y puesta en vigencia, propone que la provincia cuente con un “Consejo Consultivo para la Objeción de Conciencia”, que debería estar integrado por representantes de los cultos religiosos registrados en la Provincia de Misiones; de las asociaciones de defensa de los derechos y creencias de los pueblos originarios argentinos; y de “personalidades con experiencia y compromiso en la materia”.El mismo sería el responsable de emitir un dictamen para los casos donde se recurra al amparo judicial frente a un conflicto por la objeción practicada por un funcionario o profesional alcanzado con el derecho. Como para los casos donde se presenten conflictos en las escuelas “para admitir feriados religiosos y omisiones a reglas obligatorias que sin comprometer, éstas, los objetivos generales del Instituto Educativo, la disciplina y los derechos de los demás integrantes de la comunidad educativa, resguarden las convicciones personales alegadas”.Algunos casosPara cuestiones de género, el proyecto de ley establece que “las personas que en virtud de su profesión, cargo o empleo intervengan en los asuntos atinentes a la identidad de género, o intervengan en la celebración de un matrimonio de un mismo sexo, podrán declarar su objeción de conciencia, debiendo previamente haberlo notificado a su superior jerárquico a fin de que el mismo arbitre los medios pertinentes con el objeto de cubrir lo peticionado por el/la solicitante, o el/los contrayentes”.En la medicina, “el personal médico profesional o auxiliar del Sistema de Salud que manifieste objeción de conciencia, con respecto a las prácticas de aborto no punible, muerte digna, identidad de género, salud sexual y reproductiva deberá previamente haberlo notificado ante la Subsecretaria de Salud de la Provincia o autoridades del establecimiento de salud en el que presten funciones, a fin de que los mismos arbitren los medios pertinentes con el objeto de que otra persona cumpla con ese deber jurídico, orden o mandato de autoridad que no siente afectada su propia conciencia. Este artículo es de aplicación en los establecimientos de salud públicos y privados”.AmparoCuando se demande una objeción de conciencia contra normas de la Provincia, el diputado pide que corresponda “el proceso de amparo, hasta tanto no se sancione una norma que establezca el procedimiento especial para el amparo del objetor”. Y establece procedimientos que los jueces que entiendan en la controversia deben seguir para actuar.





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