BUENOS AIRES (Diarios Digitales). Tras la fuga de dos represores, la semana pasada, el Gobierno prohibió desde a las Fuerzas Armadas “la internación o asistencia ambulatoria en hospitales militares de personas condenadas penalmente o procesadas con prisión preventiva que tengan o haya tenido estado militar”.La resolución 85/13, publicada ayer en el Boletín Oficial y firmada por el ministro de Defensa, Agustín Rossi, estableció que la prohibición “alcanza a la totalidad del personal civil y/o militar de las Fuerzas Armadas”.La medida se adoptó tras la fuga de Jorge Olivera y Gustavo De Marchi del Hospital Militar Central de Palermo, ocurrido el jueves último y sobre quienes hay una millonaria recompensa. “Prohíbese al jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas, al jefe del Estado Mayor General del Ejército, al jefe del Estado Mayor General de la Armada y al jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea la internación y/o asistencia ambulatoria en hospitales militares o unidades de salud dependientes de las Fuerzas Armadas, de personas condenadas penalmente o procesadas con privación preventiva de la libertad que tengan o hayan tenido estado militar”, indica el artículo 1.





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