BUENOS AIRES (Medios Digitales). La jueza federal de Neuquén, Carolina Pandolfi declaró la inconstitucionalidad de un punto de una circular del Banco Central relacionada con el cepo cambiario y le ordenó a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) que “valide” una operación de compra de 125 mil dólares para cancelar una deuda. Asimismo, la AFIP informó que apeló la sentencia de la magistrada neuquina.La jueza dio por acreditado que “el contribuyente tiene capacidad económica”, lo cual “debe ser suficiente para que la AFIP valide la operación”, aunque “no esté demostrada su liquidez en el preciso momento de la compra de divisas”. También señaló la jueza que “estamos frente a un Estado que avanza sobre la libertad del particular de invertir su dinero donde le plazca, obstaculizando su accionar al imponerle recaudos administrativos previos para acceder a ciertos bienes y servicios, en el caso, moneda extranjera”.Por su parte, la AFIP señaló a través de un comunicado que “en el fallo, la jueza incurrió en una notoria contradicción ya que ordena al organismo recaudador a “validar” la compra de divisas con destino “compra de inmuebles” cuando la Comunicación “A” 5.377 del Banco Central sólo establece que la AFIP valide las compras de divisas con destino “viajes y turismo”. A partir de la apelación del ente recaudador, ahora deberá intervenir la Cámara Federal de Apelaciones de General Roca, la que ya había rechazado el año pasado la medida cautelar concedida por la Jueza al mismo contribuyente y por el mismo motivo.





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