POSADAS. El funcionario del Tribunal de Cuentas que el 24 de diciembre desató una tragedia en la avenida Quaranta, con el lamentable saldo de una mujer fallecida, fue procesado por el delito de “homicidio culposo” y quedó en la antesala de un debate oral y público.Aquella fatídica jornada, a eso de las 18.30, el hombre, de 45 años, conducía un Peugeot 307 negro, en dirección al oeste, cuando se cruzó de carril y chocó de frente con un Volkswagen Gol blanco que iba al mando de Silvina Itatí Contreras.La mujer quedó atrapada entre los hierros del vehículo y pereció en forma instantánea.A poco menos de seis meses, el juez de Instrucción 2 de Posadas, César Yaya, decidió procesarlo por el delito de “homicidio culposo” (ver recuadro), calificación que no exige el cumplimiento de la prisión preventiva.En este contexto, Rubén Rodríguez, como fue identificado el procesado, llegará a debate oral y público en libertad.La violencia del impacto fue tal que ambos coches terminaron literalmente destrozados. El Peugeot 307, que iba al mando del funcionario estatal, aún hoy puede verse a un costado del destacamento policial ubicado en la intersección de la avenida Quaranta y calle Humberto Pérez.Entre los fundamentos esgrimidos por el magistrado en el auto de procesamiento está la confirmación, a través de las pericias de la Dirección Criminalística, que el coche del imputado se atravesó de senda y fue decisivo para la materialización del impacto mortal.Personal de Bomberos debió trabajar arduamente para retirar el cuerpo de la víctima fatal de entre los restos del VW Gol, consignaron en aquel momento los primeros socorristas que arribaron al escenario del lamentable accidente de tránsito.Lo que nunca trascendió fue el resultado de las pericias definitivas de alcoholemia, sin dudas una circunstancia clave para determinar la posible causal del accidente.La decisión del magistrado se conoce cuando se acerca el sexto mes de acaecido el hecho.El homicidio culposo habla de imprudencia, negligencia o impericia pero no de dolo, es decir, de la intencionalidad manifiesta de provocar la muerte.Por eso el magistrado se habría inclinado hacia esa calificación y no por la de homicidio simple.No trascendió si la defensa del procesado apeló el auto de procesamiento, en el marco de una causa que se encamina a la instancia de debate oral y público.




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