BUENOS AIRES (Agencias y diarios digitales). La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó ayer la Ley de blanqueo y determinó que la exteriorización de moneda extranjera tendrá vigencia entre el 1 de julio y el 30 de septiembre, salvo para aquellos “imputados” por delitos de lavado de dinero o financiamiento del terrorismo.En una Resolución, publicada ayer en el Boletín Oficial, el organismo precisó el alcance de los “beneficios” que gozarán quienes se inscriban, entre ellos que “no estarán obligados a informar la fecha de compra de las tenencias ni el origen de los fondos con los que fueron adquiridas”, que quedarán “liberados de toda acción civil, comercial y penal tributaria” y “eximidos del pago de los impuestos que hubieran omitido declarar”.La norma precisó que no podrán ser parte del blanqueo “los imputados por delitos vinculados con operaciones de lavado de dinero o financiamiento del terrorismo, sus cónyuges o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, ascendente o descendente”. Entre los tributos derivados de los fondos exteriorizados que no serán reclamados, la AFIP detalló el alcance y también que no se pagarán “los intereses, multas y demás accesorios de anticipos no ingresados”.La norma también le impuso a los bancos la obligación de informar a la AFIP sobre el ingreso y el destino de los fondos para el blanqueo y separó entre los fondos recibidos desde el exterior y los depositados directamente en los bancos del país.En el primer caso, los bancos deberán identificar además a la entidad que los remite, el nombre del titular del depósito en el exterior, el país de origen e importe del depósito expresado en moneda extranjera y el lugar y fecha de la transferencia.Sobre los títulos que requirió quien efectúa el blanqueo de moneda extranjera, las entidades deberán informarle a la AFIP el tipo elegido, la cantidad y su monto y la fecha de suscripción de los títulos. La resolución precisó también que quienes no posean la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT), deberán, con carácter previo a la exteriorización, tramitarla en la AFIP.Este jueves, el titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, afirmó que durante el período en que esté abierto el blanqueo seguirán los controles electrónicos y el envío de notificaciones, pero no se iniciarán acciones penales hasta que esté finalizado el plazo para adherir a la “exteriorización voluntaria” de divisas. De ese modo, buscó estimular a los tenedores de divisas a que las blanqueen a través del nuevo sistema. Advirtió que luego del 30 de septiembre, último día para adherir al plan se irá contra esas personas para aplicar las sanciones que correspondan por la ley penal tributaria y por el régimen cambiario. Hasta el momento, sostuvo, se detectaron unos 300 casos de personas con bienes sin declarar. Como requisito, aquellos que quieran ingresar al blanqueo deberá tener presentadas, al 31 de mayo pasado, sus declaraciones juradas correspondientes a las obligaciones de los impuestos a las ganancias, ganancia mínima presunta y Bienes Personales por los ejercicios fiscales transcurridos hasta 2012. Los saldos a pagar al fisco que resulten de esas declaraciones tienen que estar cancelados o incluidos en un plan de facilidades de pago.





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