POSADAS. El Poder Ejecutivo Nacional aprobó la reglamentación del Régimen de Trabajo Agrario, que rige el contrato de trabajo agrario y los derechos y obligaciones de las partes, a través de sendos decretos publicados el pasado viernes en el Boletín Oficial de la Nación.Por decreto 300/2013 se aprobó la reglamentación de la Ley Nº 25.191, modificada por la Ley Nº 26.727. Dispone que se sustituyan las denominaciones Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (Renatre) y Sistema Integral de Prestaciones por Desempleo del texto de la Ley Nº 25.191, por las denominaciones Registro Nacional de Trabajadores y Empleadores Agrarios (Renatrea) y Sistema Integral de Prestaciones por Desempleo y Servicio de Sepelio respectivamente, (artículo 107 de la Ley Nº 26.727).La normativa aclara que los trabajadores que se desempeñan en “tareas de cosecha y/o empaque de frutas, en actividades que a la entrada en vigencia de la Ley Nº 26.727 estuviesen reguladas por resoluciones de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario, continuarán en el ámbito del Régimen Estatutario hasta tanto se celebre una Convención Colectiva de Trabajo que los comprenda y regule sus condiciones de trabajo y salarios”.También las relaciones laborales de los trabajadores que se desempeñen en las distintas etapas y tareas de la producción de una “actividad agraria cíclica”, que se desarrolle dentro de un proceso temporal definido, se regirán por la Ley Nº 26.727, siempre que las primeras tareas que integran la producción dentro del referido proceso temporal, se enmarquen dentro de sus previsiones y no constituyan proceso industrial.En los considerandos de los decretos emitidos, se explica que uno de los objetivos de la Ley Nº 26.727, es “promover la elevación de los estándares de derechos de los trabajadores agrarios, con independencia de la característica de la tarea que realicen o la modalidad contractual que revistan”.





Discussion about this post