POSADAS. Celeridad en el servicio de justicia. Es el principal objetivo planteado por la comisión legislativa-judicial que estudió las reformas a los códigos procesales de la provincia de Misiones durante varios meses, y que ayer, formalizó la presentación de los anteproyectos de ley que ahora, será debatido en las comisiones de la Cámara de Representantes.Participaron del anuncio ayer en el anexo parlamentario, la presidenta del Superior Tribunal de Justicia (STJ), Ramona Velázquez; el ministro STJ César Santiago; el vicegobernador, Hugo Passalacqua; la coordinadora por la Legislatura y secretaria Parlamentaria, Cecilia Britto; el vicepresidente Primero de la Cámara, Alberto Alvarez; y el presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales, el diputado Juan Carlos Agulla, además de jueces, legisladores y otras autoridades.El ministro Santiago, que preside el Centro de Capacitación Judicial dependiente del Superior Tribunal, explicó a PRIMERA EDICIÓN el contexto en que se decidió firmar el acuerdo de cooperación para analizar una posible reforma: “A partir de que somos conscientes de que la Justicia es un servicio y que la celeridad es una nota determinante para que ese servicio sea realmente cumplido, esa a sido la premisa de trabajo en todas las comisiones. Primero, nos enfrentamos a normas que tienen veinte años sin ser modificadas. En una sociedad dinámica, veinte años son 200. Si a eso le agregamos que existen instituciones en el derecho penal con 200 años, se vuelve más complicado aún”.Los principales cambiosEntre los puntos enumerados por las autoridades, aparecen:• La eliminación del auto de procesamiento: “Tiene dos connotaciones. Es un paso previo innecesario para un juez de instrucción que no va a terminar de resolver nada porque debe ir a juicio en otra instancia. Y es una rémora de un proceso inquisitivo, que tiene que ver con un rol en discusión que ‘quien investiga, no juzga’”, dijo Santiago.•Excarcelaciones: “Se está planteando un análisis mucho más moderno de las causas en las cuales el juez puede o no disponer de las excarcelaciones. Sino, viene aquello de ‘la puerta giratoria’ o ‘el juez deja salir a todo el mundo’. Pero, el juez aplica la norma vigente. Ahora, cuando se tenga la certeza de que la persona puede entorpecer la investigación o existe por la zona de frontera riesgo de fuga, habrá potestad de negarle la excarcelación. Y en otros casos de concederlas porque la detención no es la pena en sí misma, cuando hay que desatar un proceso para determinar si es culpable o no”, dijo.• Mayor proceso de oralidad: “Se pretende que el juez -cara a cara con la víctima o en un proceso donde hay violencia- en el acto y con un cuerpo interdisciplinario calificado, pueda resolver una situación en horas que en otros casos -con un expediente- podría llevar días o meses. Entonces, se citan las partes, pido un informe al cuerpo. Incluso llamo a un juez penal por una posible comisión de delito por peligrar la vida o la integridad física de una persona y en horas puedo justificar una exclusión de hogar, por ejemplo”, explicó.• Cautelares: “Se perfeccionan las cautelares, y también se habla de las autosatisfactivas que bien fundadas, siempre que estén fundadas son útiles. Lo que sucede, el cuestionamiento viene porque se pueden llegar a mantener cautelares injustificadamente. No solo las normas deben ser rígidas sino que se debe calificar perfectamente entre la verosimilitud del hecho y el peligro en la demora, dos andariveles por el que se justifica una cautelar. Si hay falencias del juez, hay mecanismos como pedir un jury. Pero no puedo acotar la norma o presumiendo que el juez va a actuar mal. El abogado tiene su responsabilidad pero también el juez tiene autoridad y debe poner coto cuando ve que esta frente a una maniobra dilatoria”, opinó Santiago.• Plazos procesales: “En principio si se modifican, básicamente en casos donde advertimos -en el proceso laboral- que no hay justificativo para ir a juicio ordinario cuando debería haber juicio ejecutivo”, anticipó. Citó el caso de los despidos sin causa como ejemplo.En materia penal dijo que la celeridad en los plazos “tiene que ver con que tengamos una Justicia que opere en tiempo y forma, venimos de remontar cúmulos por la papelización, por el mal funcionamiento, por ausencia de jueces por muchos años. En diciembre, hicimos una experiencia piloto en el juzgado del doctor (César) Yaya de digitalizar todo el proceso penal y nos ha ido bien. Aspiramos a que este año sea imitado por otros juzgados. Imposible si tenés plazos cortos, la digitalización lo impone y no hay justificativos en contestar en sesenta días lo que tenías que responder en 48 horas. A partir de ahí, no podrá haber ninguna prescripción posible, porque no habrá justificativos: que desapareció el expediente, que no esta tal papel. Todas rémoras del pasado que hace a los litigantes que se ven beneficiados con la mora”, explicó el ministro César Santiago.• Tutela anticipada: “Se formaliza la figura, acordándose un proceso breve, de manera tal que se asegure la bilateralidad y la seguridad jurídica. La misma ha sido centrada solo para casos en los que se encuentra en riesgo la salud y la vida y siempre que exista fuerte probabilidad de verosimilitud de derecho”, explicó Cecilia Britto.•Audiencia preliminar: “Se establece un mecanismo de vanguardia e instala en el juzgador y los letrados una reflexión insoslayable: el estudio razonado y completo en cada causa en trámite, acompañado de esfuerzo mutuo para lograr una respuesta pronta y adecuada a las partes en litigio. Tiene por finalidad acercar a las partes, sanear el proceso y la fijación de los hechos por parte del juzgador”, dijo Britto. Más reformasLa secretaria legislativa Cecilia Britto, explicó a PRIMERA EDICIÓN otras reformas que incluyen los ante proyectos de reforma de Códigos.Así, mencionó que la incorporación del “principio de oportunidad para el proceso penal, porque permitirá al juez que en causas donde no estén comprometido el orden público ni los derechos de los menores, no mandar a juicio oral y propiciar que entre las partes se llegue a una reparación. Hablamos de las causas menores que demandan la atención de un juez en el mismo tiempo que un crimen complejo. Hay algunas cuestiones donde el juez puede propiciar alguna audiencia oral por robo de un pasacasete, roturas de vidrios. Cuestiones menores que generan esfuerzo y trabajo de muchos recursos humanos en la Justicia”.Agregó que en materia civil “los letrados y apoderados serán los que firmen o diligencien las cédulas y los oficios eliminando una burocracia increíble que pueden significar
dos o tres meses para poder avanzar al siguiente paso procesal”.Destacó “la digitalización del expediente, la notificación electrónica y por acta notarial. La incorporación de la tutela, una medida autosatisfactiva creada por los jueces, que ahora pasaría a tener figura normativa en el código. El código no necesita reformas grandes, sino que el ciudadano tengan sentencia pronta”, aseguró.En materia de familia “se unificaron todas las leyes dispersas para que el juez de Familia tenga en un solo título todas las leyes que necesita. Se mejora el proceso de adopción, se dan más herramientas para resolver oralmente los casos de violencia, uno de los ámbitos más difíciles donde hay un verdadero problema donde la gente más transita y se necesitan soluciones con procedimientos ágiles”.Se legisla “la revocatoria ‘in extremis’, instrumento que permitirá a los jueces corregir errores groseros que distorsionan severamente la decisión adoptada y provocan una grave y notoria sensación de injusticia, sin que ello signifique desconocer el principio de seguridad jurídica”.





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