La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) decidió prorrogar el plazo para que las empresas importadoras puedan solicitar la devolución de los pagos a cuenta del Impuesto PAIS que no pudieron ser compensados. La medida, publicada hoy en el Boletín Oficial a través de la Resolución General 5749/2025, responde a las dificultades manifestadas por el sector privado para cumplir con el vencimiento original.
El nuevo plazo, que estaba fijado para el 22 de agosto, se extiende ahora hasta el 4 de septiembre de 2025. Esta prórroga permite a los importadores más tiempo para registrar sus despachos de mercaderías y completar la “Declaración Jurada de Devolución de pagos a cuenta del Impuesto PAIS por Importaciones de Bienes (DJIP)”.
Un procedimiento para “saldar” una deuda fiscal
La resolución de ARCA modifica la normativa anterior (Resolución General N° 5.720) que había establecido un mecanismo especial de devolución para aquellos importadores que, debido a distintas normativas (Decretos N° 433/2023, 14/2024 y 777/2024), habían realizado pagos a cuenta del Impuesto PAIS que no pudieron ser total o parcialmente computados.
Este escenario se dio cuando ciertos regímenes de importación se vieron afectados por cambios en la política fiscal, dejando a las empresas con saldos a favor del impuesto que no podían utilizar para compensar otras obligaciones. El mecanismo de devolución busca resolver esta situación y devolver los fondos excedentes a los operadores de comercio exterior.
La prórroga se dictó “en atención a solicitudes recibidas de diversos operadores de comercio exterior y con el objeto de facilitar la incorporación de los despachos de importación”, lo que evidencia que la medida es una respuesta directa a los problemas operativos que el sector estaba enfrentando.





