La cuota alimentaria sigue siendo un tema de gran relevancia social para numerosas familias que tienen menores y adolescentes a su cargo. Sucede que aún persisten complicaciones en su cumplimiento a pesar de tratarse de una obligación legal establecida por el Código Civil.
En una entrevista con FM 89.3 Santa María de las Misiones la abogada especializada en familia, Florencia González, explicó en detalle los derechos y deberes que establece el marco jurídico vigente para ambos progenitores en relación a este asunto. “No se trata de una ayuda ni de un favor, sino de una obligación legal establecida como deber alimentario”, afirmó.
González aclaró que, aunque socialmente se suele pensar que la cuota alimentaria es responsabilidad exclusiva del padre, “el progenitor no conviviente es quien debe pasar la cuota alimentaria para solventar los gastos de la rutina de estos niños y niñas”. Estadísticamente, es mayor el porcentaje de varones que abandonan el hogar y son las madres quienes quedan al cuidado de los hijos.
Añadió que esta cuota se calcula habitualmente en un 25 a 30% del salario del progenitor obligado, cuando se trata de un ingreso formal. No obstante, “si hay un buen vínculo, se puede pactar un convenio de parentalidad de común acuerdo para establecer el monto”, evitando así un proceso judicial.
El derecho alimentario para los niños, niñas y adolescentes es amplio y no se limita a la provisión de alimentos en sentido estricto, sino que “contempla todas las necesidades básicas para que pueda llevar adelante una vida: salud, educación, vestimenta, tareas de cuidado, incluso esparcimiento y el derecho a la vivienda”, detalló la abogada. En cuanto a la edad, la cuota corresponde hasta los 21 años, y puede extenderse hasta los 25 si el joven continúa con estudios superiores.
En casos donde el progenitor no conviviente no cuenta con ingresos o trabaja en la informalidad, González explicó que la justicia puede investigar y oficiar a diversas entidades, desde bancos hasta plataformas digitales, para determinar ingresos reales. “Incluso se puede exigir el pago a abuelos, tíos y, en casos excepcionales, al nuevo cónyuge (del progenitor) el pago de la cuota alimentaria”, agregó.
Además, precisó que el incumplimiento reiterado de esta obligación puede acarrear sanciones legales, incluyendo restricciones como la prohibición de salir del país o de ingresar a eventos deportivos o culturales. Citó un fallo judicial en Corrientes donde se obligó a un padre a leer “El principito” para fomentar la empatía hacia su hijo con discapacidad, destacando la reciente incorporación de la perspectiva de tareas de cuidado como un derecho humano fundamental.
A su vez, mencionó la necesidad de avanzar en una actualización legal, ya que “un 25% del salario mínimo no alcanza ni para cubrir la mitad de los gastos que demanda un niño”. Asimismo, señaló que, aunque el progenitor viva en el extranjero, eso “no quita la responsabilidad alimentaria, en ese caso va a ser necesario empezar un proceso judicial”.
Baja tasa de cumplimiento
Respecto a la realidad actual, aunque que no existan estadísticas certeras, la especialista reconoció que existe una baja tasa de cumplimiento efectivo en el país y en la provincia de Misiones, situación que atribuye a prejuicios sociales y a la insuficiencia de los montos fijados en el contexto económico actual.
González recomendó a quienes deban iniciar un trámite para fijar o reclamar la cuota alimentaria a “analizar el vínculo con el otro progenitor y, si existe un buen diálogo, buscar un acuerdo de coparentalidad que se homologue judicialmente para evitar mayores conflictos”. En caso contrario, sugirió recopilar toda la información posible sobre los ingresos y gastos relacionados con el cuidado del hijo e iniciar un proceso judicial en donde se dictará una cuota provisoria mientras dura el juicio.









