El Gobierno nacional lanzó un paquete de medidas para modernizar y agilizar la defensa del consumidor, con el objetivo de reducir la impunidad de proveedores y mejorar la respuesta a las quejas de usuarios en todo el país. A través de dos disposiciones publicadas este martes en el Boletín Oficial, la Subsecretaría de Defensa del Consumidor, puso en marcha un sistema más integrado, digital y con mayores garantías para los ciudadanos.
La primera medida, la Disposición 890/2025, crea la Ventanilla Federal Única de Reclamos de Defensa del Consumidor, un canal centralizado que recibirá todas las denuncias del país y las derivará automáticamente a la jurisdicción competente. Hasta ahora, muchos reclamos quedaban en el limbo porque no todas las provincias y municipios estaban conectadas al sistema. Esta nueva herramienta busca cerrar esa brecha con trazabilidad digital, acceso en tiempo real para las autoridades locales y un registro estadístico que permita detectar prácticas abusivas reiteradas.
“Hasta hoy, un consumidor de Salta o de Tierra del Fuego podía presentar una queja, pero si su provincia no estaba adherida al sistema, el reclamo no llegaba a destino”, explicaron fuentes del organismo. “Ahora, el Estado actúa como centralizador y garante de que cada denuncia sea atendida donde corresponde”.
Además, la norma promueve la adhesión obligada de todas las jurisdicciones, invita a las que aún no participan a sumarse y deroga una resolución anterior (274/21) para modernizar el marco legal. También establece protocolos especiales para casos de consumidores en situación de vulnerabilidad o turistas, asegurando un tratamiento diferenciado.
El Defensor del Cliente gana poder vinculante
Paralelamente, mediante la Disposición 893/2025, se reformula y fortalece la figura del Defensor del Cliente, un mecanismo interno que las empresas pueden adoptar para resolver conflictos con sus usuarios de forma rápida y sin recurrir a la vía judicial.
La novedad más significativa: si el consumidor acepta la solución propuesta por el Defensor del Cliente, esa decisión será vinculante y obligatoria para la empresa. Hasta ahora, los dictámenes eran recomendaciones; ahora, adquieren fuerza legal dentro del marco del acuerdo.
Además, la norma permite que el Defensor sea una sola persona o un equipo colegiado, y que su figura sea interna o externa a la empresa, lo que facilita su implementación incluso para PyMEs. También se incorpora el uso de herramientas digitales (como firmas electrónicas o plataformas online) como medios válidos para resolver reclamos, y se flexibiliza el informe anual que deben presentar las empresas, pasando de trimestral a anual.
Ambas medidas responden a una misma lógica: desburocratizar, federalizar y tecnificar la defensa del consumidor. Mientras la Ventanilla Única garantiza que ningún reclamo quede sin respuesta por fallas administrativas, el nuevo régimen del Defensor del Cliente incentiva a las empresas a resolver conflictos antes de que escalen.
“Hoy, muchas personas abandonan sus reclamos por lentitud o desidia”, dijo Blanco Muiño en un comunicado. “Con estas herramientas, queremos que la defensa del consumidor no dependa del lugar donde vivas ni del tamaño de tu bolsillo”.
La implementación ya está en marcha. A partir de su publicación, ambas normas entran en vigencia de forma inmediata, y se espera que en los próximos meses se reactive la campaña de adhesión de jurisdicciones y proveedores.
Un ejemplo de cómo funcionaría
Imaginemos el caso de María, una jubilada de Misiones que compró un electrodoméstico que nunca funcionó. Antes, su reclamo podía perderse entre oficinas provinciales, empresas sin canales claros o demoras interminables. Hoy, el camino es distinto:
✔ Paso 1: La Ventanilla Única (Disposición 890/2025)
María ingresa su reclamo en la Ventanilla Federal Única de Reclamos, un canal centralizado que recibe denuncias de todo el país. Automáticamente, el sistema la deriva a la jurisdicción competente -en este caso, la autoridad de su provincia-, con trazabilidad total. Ya no importa si antes no estaban adheridos: ahora el Estado garantiza que el reclamo llegue.
✔Paso 2: El Defensor del Cliente (Disposición 893/2025)
Si la empresa tiene un Defensor del Cliente, el sistema lo activa. Esa figura, ahora reforzada, actúa con autonomía y emite un dictamen. Si María lo acepta, la solución es vinculante: la empresa debe cumplirla. No hay excusas. Y si no tiene Defensor, el caso sigue al siguiente eslabón.
✔Paso 3: El Arbitraje Exprés (Disposición 892/2025)
Si no hay acuerdo, el caso entra al Sistema Nacional de Arbitraje de Consumo (SNAC), ahora 100% digital. María no tiene que moverse de su casa: todo se hace online. Y si está en situación de vulnerabilidad, el proceso se acelera: notificación en 48 horas, audiencia en 5 días, laudo en 5 más. Para casos turísticos, incluso hay un “arbitraje exprés” de24 a 72 horas.
Las normas ya están en vigencia. Ahora viene la implementación concreta: conectar a todas las jurisdicciones, capacitar árbitros, homologar Defensores del Cliente y lanzar campañas de difusión.
El desafío no será legal, sino cultural: lograr que millones de argentinos sepan que pueden reclamar, que el sistema los escucha, y que, por primera vez, hay un camino claro para que se haga justicia.
Fuente: Agencia de Noticias NA






