El Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA) modifica el procedimiento de otorgamiento de Microcréditos para la Producción Audiovisual, con el fin de dinamizar el acceso a financiamiento para productores del sector.
La Resolución 516/2025, publicada este lunes en el Boletín Oficial, se elimina la necesidad de demostrar el 50% del financiamiento del proyecto. Ahora, los productores deberán presentar una declaración jurada sobre el uso de los fondos, que deben destinarse a gastos reconocidos por el INCAA.
Además, se introducen bonificaciones en la tasa de interés por precancelación anticipada del microcrédito, incentivando el cumplimiento de obligaciones.
La resolución también deroga normas anteriores que resultaban obsoletas, buscando mayor claridad y transparencia en el régimen de microcréditos. Esta medida impacta directamente en la industria audiovisual nacional, promoviendo su fortalecimiento y desarrollo.
Procedimiento de solicitud y plazos
– Presentación de la solicitud vía INCAA en Línea, adjuntando formulario y documentación.
– Evaluación de admisibilidad y análisis crediticio.
– Aprobación o rechazo mediante disposición firmada conjuntamente por las áreas competentes.
– Firma del contrato de mutuo, presentación de garantías y datos bancarios.
– Desembolso en un solo pago, no antes de 30 días ni después de 240 días de la aprobación.
– Plazo de devolución: 60 meses, con hasta 36 meses de gracia, en ocho cuotas trimestrales iguales y consecutivas.
El reglamento fija un límite de un microcrédito por productor y por proyecto y habilita al INCAA a compensar deudas con otros beneficios que el beneficiario tenga pendientes de cobro.
Bonificaciones para la precancelación anticipada
– 20% de bonificación si la deuda se cancela antes de los 24 meses desde el desembolso.
– 10% de bonificación si se cancela entre los 24 y 36 meses.
– En ambos casos, se descontarán también los intereses no devengados.
anexo_7435552_1 anexo_7435552_2 anexo_7435552_3





