El Ministerio de Economía dictó la Resolución 1066/2025, mediante la cual se extendió hasta el 31 de diciembre de 2025 la suspensión del inicio de los juicios de ejecución fiscal y de la traba de medidas cautelares para entidades sin fines de lucro y contribuyentes del sector salud.
Esta prórroga es una continuación de las medidas previamente establecidas en las Resoluciones 17/2024, 617/2024 y 1445/2024 del Ministerio de Economía.
En especial, la Resolución 1445/2024 había encomendado a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) —conforme Decreto 953/2024— el dictado de medidas concretas tendientes a suspender la ejecución fiscal hasta el 31 de julio de 2025, acción que fue implementada mediante la Resolución General ARCA 5628/2024.
La decisión se fundamenta en la persistencia de las circunstancias económico-financieras que originaron los regímenes anteriores, evaluando la necesidad de continuar con la protección institucional para los sujetos alcanzados.
El documento detalla que la decisión responde a la persistencia de las circunstancias que motivaron las prórrogas anteriores. Según el texto, “subsisten, para las entidades sin fines de lucro y los contribuyentes pertenecientes al sector de salud incluidos en las previsiones de las normas citadas en los considerados precedentes, los motivos que llevaron a su dictado”.
El proceso que llevó a esta resolución se inició con la Resolución 17/2024, que suspendió por primera vez los juicios de ejecución fiscal y las medidas cautelares para los sectores mencionados. Posteriormente, se publicaron otras medidas que fueron extendiendo el plazo.
En la medida publicada el año pasado, el Gobierno dejó afuera de este beneficio a las micro, pequeñas y medianas empresas (pymes).
De este modo, a partir de 2025, las pymes volvieron a estar expuestas a embargos y ejecuciones fiscales, una situación que había estado suspendida para ellas.
Fuente: Errepar/Infobae.





