Señora Directora: En relación a la editorial “Un Paso Necesario”, publicada en el día ayer, quisiéramos realizar algunos aportes que nos parecen interesantes.Efectivamente, impulsado por el Frente Renovador se aprobó en la última sesión de la Cámara de Representantes un proyecto que impulsa modificar el Código Penal de la Nación para impedir la excarcelación en el supuesto de muerte ocasionada en accidente de tránsito.Fueron varios los cuestionamientos que llevaron al Bloque de la Unión Cívica Radical (UCR) a votar en contra de la iniciativa, entre las que podemos mencionar:1) Viola claramente el principio de legalidad, como lo establecen los artículos 18 y 19 de la Constitución Nacional y la Convención Americana de Derechos Humanos, que obliga a precisar la definición de la materia punitiva para poder sancionar.2) El agravante por el caso de muerte por conducción imprudente, negligente o inexperta de un vehículo, ya está prevista, lo que significa una doble agravación por el mismo hecho, lo cual es incompatible con nuestra legislación nacional.3) Se trata de una pésima técnica legislativa al pretender introducir disposiciones netamente procesales, del orden provincial, en la ley de fondo, lo cual está vedado para el legislador nacional por imperio del artículo 5 de la Constitución.4) La restricción de la libertad personal solo puede ser establecida de manera excepcional, en los límites para asegurar el descubrimiento de la verdad y la efectiva aplicación de la ley.5) El Código de Procedimiento Penal de la provincia ya prevé la inhabilitación para manejar y la realización obligatoria de cursos de educación vial previstos por la Ley de Tránsito.6) La norma que se impulsa, no hace falta. Lo que se pretende, en su gran mayoría, ya está previsto en la legislación actual en el Código de Procedimiento y en la Ley de Tránsito.Pero más allá de las cuestiones técnicas, consideramos que es un gran error pensar que la solución punitiva va a resolver la crisis vial que atraviesa Misiones y el país, con trágicas estadísticas de lesiones, muertes y familias destrozadas por accidentes de tránsito.La punición debe acompañar, pero la solución está en otra parte: en la educación vial desde el nivel inicial para formar buenos conductores y peatones; en mejorar, modernizar y coordinar los controles municipales, provinciales y nacionales; en discutir el rol de la familia, la escuela, inculcar valores, en las campañas de propaganda pública y en el respeto por el otro; mejorando el funcionamiento del Poder Judicial, con procesos rápidos y sentencias con cumplimiento efectivo; impulsando medidas como la tolerancia cero al alcohol al volante en toda la Provincia. Pero principalmente, en la necesidad de que todos los operadores del sistema participemos en la solución del conflicto, de lo contrario se acude una vez más a la penalización que raras veces aporta algo, dando una respuesta meramente simbólica y efectista ante una sociedad que necesita medidas integrales haciendo hincapié fundamentalmente en la prevención.El proyecto aprobado pretende limitar la excarcelación, confundiendo castigo con pena. Lo que en realidad se pretende es limitar la libertad. La libertad es un derecho humano que la Constitución protege especialmente y por eso los supuestos de encarcelamiento son excepcionales, de carácter preventivo y tiene por objeto evitar la fuga o el entorpecimiento de la investigación. La ineficiencia y la lentitud de la Justicia, hace que se pretenda encontrar la solución al inicio del proceso, cuando nada está probado, cuando ni siquiera hay condena. La solución no esta ahí. Si los procesos hasta el dictado fueran breves y luego existiera cumplimiento efectivo, no buscaríamos la solución en la privación de la libertad previa al juicio.





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