La discusión se transformó en polémica, y a siete días de las muertes de Susana Prestes de 41 años y Oscar Meza de 57 en una colisión presuntamente, a contramano sobre la ruta nacional 12 frente al Campus de la Unam ocasionada por un joven conductor en un automóvil de alta gama, la imputación provisoria sobre el detenido como autor de “homicidio con dolo eventual y lesiones graves” se transformó en el eje clave, el mismo que se debate desde que Sebastián Cabello en agosto de 1999 arrolló con un automóvil -importado y adaptado para picadas- a una veterinaria y su pequeña hija a bordo de un modesto Renault 6.La figura penal por la que Gastón Brunner permanece detenido, “homicidio con dolo eventual”, fue la misma que durante los últimos días en Córdoba llevó a juicio a Ignacio Caminada Rossetti, por atropellar y matar a Leandro Ravasi (25) en plena madrugada del 13 de junio de 2010 en la avenida Poeta Lugones de la capital cordobesa.Pero que el viernes se transformó en un virulento cruce de opiniones, ya que la Cámara Novena del Crimen de esa provincia, modificó la acusación y condenó a Rossetti por “homicidio culposo” a la pena de tres años de prisión en suspenso y siete años de inhabilitación para conducir, muy diferente a los solicitado por el Ministerio Público Fiscal: ocho años de prisión, y a los nueve de cárcel pedidos por los abogados de la Querella.El “homicidio con dolo eventual” se aplica cuando una persona tuvo que haberse representado que su acción -en el caso de Brunner presuntamente alcoholizado, a alta velocidad y sobre el carril contrario- podía provocar una tragedia y que, pese a prever tal resultado no hizo nada por evitarlo.De todas maneras, “el dolo eventual es de muy difícil aplicación”, tal como reconocen los propios jueces encargados de tomar tales determinaciones, y la jurisprudencia nacional, que remarca como exigencia que las pruebas contra el acusado no emitan dudas de que éste “se representó el peligro que podía causar antes de iniciar la acción”, que en el caso de la tragedia de Miguel Lanús se cobró la vida de Prestes y Meza, y lesionó de gravedad a Milagros Julieta de 8 años.Caso CabelloEl próximo 30 de agosto se cumplirán 17 años de uno de los casos más emblemáticos de homicidios viales de nuestro de país y el que aún sigue en la palestra de las grandes discusiones entre penalistas y demás actores de la Justicia. Sebastián Cabello sobre una avenida en el barrio porteño de Nuñez corría una “picada” al mando de su Honda Civic y arrolló a un Renault 6, en el que se movilizaban la veterinaria Celia González Carman (38) y su hija Vanina de tres años, quienes murieron calcinadas tras el estallido del vehículo producido por el brutal impacto desde atrás.Cuatro años después de la trágica madrugada de 1999, un Tribunal Oral de Capital Federal condenó a Cabello a doce años de prisión. Los jueces estuvieron convencidos que fue el autor de un “doble homicidio simple con dolo eventual”, por la velocidad y porque al correr una “picada" “debió representarse que podía causar esas muertes”.Pero el fallo fue recurrido y en septiembre de 2005, Cabello volvió a su hogar en libertad. La Cámara Federal de Casación Penal le redujo a tres años de prisión en suspenso la pena, y sólo admitió que fue autor de “homicidio culposo”.“La Docta” divididaTal vez (habrá que esperar los fundamentos de la sentencia) similar interpretación tomó el viernes último la Cámara Novena del Crimen en Córdoba, presidida por el reconocido Luis Achával, que cambió la calificación a Ignacio Caminada Rossetti, y de autor de “homicidio con dolo eventual” con penas de ocho a 25 años, fue condenado a tres años por “homicidio culposo en accidente de tránsito”.Rossetti manejaba un Ford Fiesta en plena madrugada del 13 de junio de 2010 en la avenida Poeta Lugones de Córdoba cuando atropelló (entre los 96 y 103 kilómetros por hora) al peatón Leandro Ravasi, retrocedió hasta que el cuerpo cayera al suelo y siguió su camino pasándolo por encima.El fiscal del juicio Carlos Ferrer sostuvo en su alegato: “No me importa si (Caminada Rossetti) lo previó o no (al homicidio), lo debía haber previsto. Igual tomó el riesgo y se produjo la tragedia”.El abogado querellante, Gastón Storero, indicó que “no se trataba de un accidente de tránsito sino de un homicidio (…) No se puede dejar al azar la muerte de una persona (si esto sigue así) aplicar el dolo va a terminar siendo cosa del azar. Entonces hagamos una regla: homicidio relacionado a la conducción, sea la circunstancia que sea, será culposo siempre (y no doloso)”.Mientras jueces y abogados profundizan el debate, las cifras de víctimas fatales en las rutas y calles argentinas, incluyendo el caso de Misiones con 48 muertos en 50 días de 2016, sigue en ascenso y posiblemente el problema necesite de soluciones que contemplen condenas mayores, un punto de inflexión, la verdadera representación del peligro al tomar un volante .La niña MilagrosMilagros Julieta, la niña de coho años gravemente herida en la doble colisión ocurrida a las 10.30 del sábado 13 de febrero sobre la ruta nacional 12 frente a la estación de transferencia de colectivos de Miguel Lanús, continúa en evolución y de acuerdo a sus familiares, dialoga con normalidad y comenzó a sonreír y a ser estimulada con diversos recursos en el hospital de Pediatría de Posadas.La menor, a quien aún no le comunicaron el fallecimiento de su madre Susana Prestes, sufrió fractura de una pierna, muñeca izquierda, contusión pulmonar y severo traumatismo de cráneo, entre otras lesiones.





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