POSADAS. Finalmente hoy, tras incontables idas y venidas, tendría sanción del Concejo Deliberante local la ordenanza que reglamentará el régimen de audiencias públicas en el ámbito municipal. En particular, aquellas no vinculantes establecidas de manera obligatoria por la Carta Orgánica Municipal (COM) para el caso de aumentos en las tarifas de los servicios públicos concesionados por la Comuna.En horas de la mañana de ayer se suscribió el dictamen de la comisión de Legislación General que será introducido al debate en la sesión de hoy por fuera del orden del día. “Si bien su tratamiento no requiere una urgencia especial, queremos dar ya por terminado este tema que tanta polémica trajo”, señaló ayer el titular de ese grupo de trabajo, el renovador Julio Vivero.Para elaborar el documento final que hoy debatirá el plenario, se trabajó en base a una iniciativa de la oposición, planteada al principio de año cuando la polémica por el “boletazo” suscrito entonces por la edil Magdalena Solari, a cargo circunstancial del Departamento Ejecutivo Municipal (DEM), y otra de ésta en que se modificaba algo la pretensión, al restringirlas a audiencias ciudadanas. Aunque en este caso, hubo importantes aportes y correcciones “de orden técnico” propuestas desde los distintos bloques.Vieja pretensión del ConcejoDesde su incorporación en el artículo 45 de la COM, revisada en 2010, pasaron tres años y diez meses antes de que el Deliberativo acordara un dictamen de mayoría, habiéndose barajado y descartado, por ejemplo, el de dictar una resolución y no una ordenanza, para así darle mayor libertad al DEM a la hora de decidir sobre estas audiencias públicas. Sobre todo a partir de una evidente renuncia del gobierno municipal a tenerlas en cuenta, soslayándose su aplicación en los varios incrementos del transporte público (transporte urbano de pasajeros y taxímetros, los más importantes) que hubo desde noviembre de 2010, cuando entró en vigencia la nueva constitución comunal, a la fecha.Así, por ejemplo, que previa a la revisión de la COM, en 2006 se sancionó la ordenanza 1.835 que las establecía como obligatoria. Fue de inmediato vetada por el entonces intendente Jorge Brignole, en una objeción rechazada ese mismo año por la unanimidad del Concejo, dando validez al texto original más rígido que la previsión que cuatro años después incorporaría al Convención Municipal Constituyente -establecía la nulidad de todo acto administrativo que la soslayase-.En 2008, ya con nuevo gobierno municipal, una segunda ordenanza, la 2.287, modificó al anterior eliminando su obligatoriedad, lo que la esterilizó completamente, aunque dejando en vigencia la parte organizativa y de funcionamiento de las audiencias públicas. La norma fue luego excluida del Digesto Jurídico Municipal, aprobado en diciembre último y publicado siete meses después, en junio de este año.





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