POSADAS. Después de vencer las propias resistencias y las del Departamento Ejecutivo Municipal (DEM), el Concejo Deliberante local sancionó el jueves pasado una ordenanza destinada a regular la porción de la previsión anual del gasto municipal que es participativo y cuyo destino debe ser definido a partir de los propios vecinos y las entidades barriales que los representan. La norma, que aún falta ser promulgada por el intendente municipal Orlando Franco, debió haber sido sancionada en 2011, tras la entrada en vigencia, el 10 de noviembre de 2010, de la revisión de la Carta Orgánica Municipal (COM).Esta última en sus artículos 48, 49 y 50 establece ese ordenamiento presupuestario especial, cuyos recursos nunca deberán ser inferiores al 1,5% del presupuesto general. Para el año próximo, esa previsión debería alcanzar al menos 6,9 millones de pesos, según lo prevé el artículo 16 de la ordenanza presupuestaria también sancionada el último jueves 26 de septiembre -aunque no se establece monto, sino porcentaje- y que estima en 461,3 millones de pesos el cálculo general de recursos y gastos para 2014.Contenidos de la ordenanzaLa norma sobre presupuesto participativo recientemente sancionada por unanimidad del deliberativo comunal, apunta a establecer el procedimiento general por el cual “los vecinos de la ciudad de Posadas establecen las prioridades en la asignación” de los recursos reservados con ese propósito. Garantiza además mecanismos y campañas de capacitación ciudadana que permitan el mayor conocimiento y participación en “el debate público respecto de las prioridades de la comuna”.Con ese propósito establece un órgano de aplicación y un Consejo del presupuesto participativo que serán los responsables de abrir los mecanismos de recepción de propuestas y de participación en las definiciones, a través de comisiones vecinales o asambleas barriales. El primero de ellos, designado por el DEM y restante, con voz, pero sin voto, conformado por dos consejeros elegidos en asamblea interbarrial, tres representantes del DEM y otros dos del Departamento Deliberativo.El órgano de aplicación será el responsable de la elaboración de un reglamento que establezca “el cronograma y los mecanismos de participación y coordinación de las instancias previstas”, y tendrá facultades para reformarlo al finalizar “cada ejercicio anual, en caso de entenderlo conveniente”. Deberá además “organizar y dictar cursos, seminarios y charlas de capacitación gratuitos” sobre el tema, “destinados a los ciudadanos de la comunidad”.En tanto, el Consejo será el encargado de coordinar todo el proceso; sistematizar, discutir y elevar las propuestas y prioridades definidas tras la participación ciudadana; y de evaluar y realizar el seguimiento de su ejecución, así como fiscalizará el plan de inversiones públicas, “emitiendo opinión sobre las desviaciones presupuestarias que se produzcan”.Además de los vecinos, a través de sus representaciones barriales, los concejales también podrán incorporar sus propias iniciativas o cualquier sugerencia que recojan de otros personas. Deberán hacerlo en reuniones especiales para el efecto, ante cualquiera de las comisiones vecinales.





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