POSADAS. La Dirección Provincial de Rentas de Misiones privatizó gran parte de sus funciones dejándolas en manos de empresas extra provinciales desde hace varios años. Sin embargo, en todo el país, se vienen conociendo fallos judiciales y posturas doctrinarias que advierten sobre los serios riesgos para los ciudadanos y contribuyentes de darle semejante poder y negocio a empresas privadas.El cobro compulsivo es el principal temor. Algunas empresas privadas lanzan campañas de intimaciones e inspecciones con el fin de optimizar sus ingresos, sobre todo porque los convenios con Rentas de la Provincia las beneficia con porcentuales de la recaudación.Otro punto álgido en el tema es la violación del secreto fiscal de la ciudadanía. Queda en manos de empresas privadas que conocen en profundidad el estado financiero, los movimientos y la estructura de las empresas contribuyentes, con el riesgo de que también acceda a la información de sus competidores, cuando no cualquier empleado de la AFIP puede acceder hoy a esa información.Esta práctica fue impulsada en los años 90 por el ex ministro de Economía Domingo Cavallo, continuadas por la gestión de Fernando de la Rúa, casi como una medida desesperada por mejorar la recaudación nacional y de las provincias, frente a un escenario de creciente crisis económica que debilitaba las finanzas estatales.En el escenario actual, luego de una década de crecimiento ininterrumpido, algunos especialistas consultados consideran que uno de los aspectos centrales para el fortalecimiento del estado es recuperar la autonomía para recaudar.Además, se remarca que este tipo de empresas no trabaja gratis, sino que lo hace en la mayoría de los casos por importantes porcentuales de lo recaudado.El caso más resonante donde la justicia puso un freno a este tipo de prácticas, que se viene extendiendo en el país, ocurrió en Salta, donde la Corte Suprema provincial determinó que el Ejecutivo no puede delegar la tarea de recaudar los ingresos tributarios. Expertos lo consideran un fallo ejemplificador ya que las compañías adjudicatarias lanzan campañas masivas de intimaciones e inspecciones a fin de ampliar sus ganancias. Para la justicia salteña la conducta es abiertamente inconstitucional.Por el decreto 561/07, la Municipalidad de la ciudad de Salta adjudicó a una empresa privada el relevamiento de mejoras no declaradas y la gestión de servicios en mora y recupero de activos del sector público.La ONG que planteó el juicio adujo la vulneración de las competencias municipales previstas en la Constitución provincial, pues ésta no admite –según aseguró Red Sol Salta– la concesión al sector privado de la gestión de recaudación e inversión de los recursos municipales.Como argumento central, los jueces del máximo tribunal provincial sostuvieron que “debe ser el Ejecutivo el órgano específico que, sin delegación de especie alguna, procure eficazmente conformar sus rentas con sus propios agentes”.“No se vislumbra de qué modo se pueden auditar las cuentas de una empresa privada, que debe recaudar rentas públicas, sin antes no confundir el fin de bien común al que propende el Estado con el fin de lucro propio de la actividad comercial de los particulares”, sentencian los magistrados.Expertos consultados resaltaron que el fallo es “ejemplificador” al marcar un límite a la tendencia de dejar en manos de “estudios o profesionales privados” la gestión y cobro de impuestos.A cambio, las compañías que ganan las licitaciones reciben honorarios que se calculan en base al monto extra recaudado. “Esto ha motivado evidentes excesos en la gestión, que se han traducido en intimaciones y determinaciones de oficio irracionales”, advirtieron las fuentes consultadas.En otras palabras, las empresas adjudicatarias lanzan campañas masivas de intimaciones e inspecciones a fin de generar un excedente en los ingresos fiscales que les garantice un buen margen de ganancias.El juez Abel Cornejo rechazó en su voto la privatización de la recaudación, por considerar que es una función intransferible del Estado. Cornejo basó su opinión en la división de poderes de la Constitución nacional, a los que otorga “competencias de modo exclusivo, excluyente, y por consiguiente, de manera indelegable”, subrayó (www.abogados.com.ar).“La Corte Suprema señaló que una de las consecuencias del principio de legalidad consiste en inhabilitar a la administración fiscal a transar o remitir las cargas impositivas, lo cual impide presumir renunciar a la percepción de éstas”, indicó, y de esto dedujo que “el cobro o la persecución del cobro es una facultad indelegable que integra el principio de legalidad tributaria”.“Por la naturaleza de la obligación fiscal, resultan plausibles los convenios que a menudo se realizan entre las Provincias y la Nación, o entre la Provincia y los Municipios para mejorar la eficacia de la recaudación; empero no se avizora de qué modo podrían zanjarse los conflictos que se planteen entre un intermediario operando como una suerte de recaudador privado, entre medio del Municipio y los contribuyentes”, añadió.“La concesión de la función estatal de cobro de impuestos es intransferible a un tercero. Ello se vincula con el hecho que el poder tributario es indelegable e inherente a la soberanía de cualquier Estado”, concluyó el abogado tributarista Gastón Vidal Quera, de Lisicki, Litvin & asociados.Sobre el secreto fiscal se refirió Julio Minich, secretario general del gremio de la AFIP, dijo que “el control, las cobranzas judiciales y la fiscalización son funciones constitucionalmente indelegables del Estado porque está el secreto tributario de por medio” (www.losandes.com.ar).Una visión similar tiene Enrique Morganti, asesor del Banco Mundial, quien declaró que “no se puede violar el secreto fiscal y para eso el Gobierno no debería tercerizar la fiscalización del cobro”.DGR privatizada en MisionesLa Dirección General de Rentas tercerizó el cobro de deudas vencidas y recupero en manos de una empresa especializada en el tema y que ya estaría realizando otras tareas para el organismo recaudador desde hace unos dos años. Se trata de Gestiva S.A., una empresa con sedes en Capital Federal, Tucumán y Posadas dedicada exclusivamente a cobranzas, gestión de venta, contact center y consultoría; y que tiene como otros clientes a los bancos Macro, Tucumán Suquía y Saenz; el Gobierno de Salta, la empresa Frávega, entre otras gigantes.A través de la resolución 019/2012 el director de Rentas, Miguel Thomas, resignó hacer la tarea con sus propios medios y otorgó el negocio para la implementación &ldqu
o;de la gestión de cobranza extrajudicial”.“El objetivo del contrato es la gestión de cobranza de deudas vencidas y recupero que comprenden los créditos del fisco cuya recaudación está a cargo de la DGR”, señala la resolución.Gestiva queda habilitada para “la atención al público y para la formalización de planes de facilidades de pagos correspondientes a los tributos cuya percepción se encuentran a cargo del Organismo Fiscal”.“Atenderá las solicitudes de formalización de planes de facilidades de pagos, efectuará el seguimiento a través de los reclamos administrativos y comunicará los resultados de su gestión a esta Dirección”, indica el artículo 2.Ya en 2010 el Gobierno de Closs aprobó (decreto provincial 424/2010) la conformación de una Unión Transitoria de Empresas entre el Banco Macro y Gestiva SA, para la prestación del servicio de recaudación para el Estado misionero.“La Dirección General de Rentas toma razón que el Banco Macro S.A. ha suscripto con la Empresa Gestiva S.A., un contrato de Unión Transitoria de Empresas (U.T.E), (…) para la prestación, en conjunto, de un servicio integral de procesamiento y gestión del sistema Tributario de la Provincia de Misiones, su administración y gestión de cobro de tributos, provisión de recursos humanos, tecnológicos, equipos centrales y periféricos, todo ello dentro del marco del ‘Convenio de Prestación del Servicio de Recaudación y Acuerdos Complementarios’, celebrados entre la Provincia y el Banco”, señala el artículo 2 de la addenda.Por otra parte, a través de la Resolución 2293/2009 el director de Rentas de Misiones adjudicó a la firma Auditorías y Relevamientos Fiscales el servicio de consultoría especializada para la detección, fiscalización, verificación impositiva y gestión de cobro extrajudicial de los tributos, impuestos y tasas a los contribuyentes del Convenio Multilateral.Según esta resolución, el decreto 1228/09, del Poder Ejecutivo autorizó a la DGR a llamar a licitación para la contratación de una consultora especializada.Se describe también que la única oferta recibida fue la de la firma “Relevamientos y Auditorías Fiscales SA”, cuyo presidente es José María Marquina, quien en años anteriores fue uno de los directores de Rentas de la provincia de Buenos Aires.De acuerdo a información oficial a la que accedió este diario, el acuerdo establece que la empresa privada se queda con el 18% “sobre los trabajos realizados y sumas efectivamente ingresadas”. Municipios Cerca de un tercio de los municipios de Misiones contrató a empresas privadas para realizar tareas que corresponden a la Dirección de Rentas comunal.Regularización de deudas municipales, tasas, derechos y contribución de mejoras, publicidad y propaganda, cartelería, antenas y estructuras portantes son algunos de los rubros en los que trabajan estas firmas, la mayoría provenientes de otras provincias, que le prometen a los municipios un mejoramiento notable de sus ingresos, pero a cambio se quedan con grandes tajadas.La tarea que hacen en la mayoría de los casos, según varias ordenanzas a las que accedió PRIMERA EDICIÓN, son: relevamiento, verificación, constatación, determinación, liquidación, seguimiento, gestión de cobranza y ejecución Judicial a los responsables de gravámenes, derechos de ocupación o uso de espacios públicos, publicidad y propaganda, habilitación e inspección de estructuras portantes y soportes de antenas y los respectivos cargos por incumplimiento a las obligaciones fiscales de dichos derechos.Las empresas privadas se quedan con desde 20% y hasta 48% detectó este diario en uno de los municipios.





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