El Gobierno nacional, a través del Decreto 611/2025, rechazó un reclamo formal que había presentado la Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música (Sadaic), sobre el sistema de gestión colectiva de derechos de autor.
La entidad buscaba dejar sin efecto dos decretos anteriores (138/2025 y 150/2025) que, en la práctica, eliminan su exclusividad en la gestión de derechos de autor, abriendo el juego a la libre competencia.
Sadaic había sostenido que los decretos eran nulos porque, según su interpretación, el Decreto N° 5146/69 no permitía la representación legal sin exclusividad. La sociedad argumentaba que los nuevos decretos desconocían su mandato legal establecido por la Ley N° 17.648, incurrían en un “exceso reglamentario” y violaban los principios de legalidad y separación de poderes.
Además, se quejaban de que la medida se había tomado sin consultarles y que la obligación de acordar tarifas con los usuarios les ponía en desventaja frente a los autores que gestionaran sus derechos de forma individual.
El decreto desestimó todos los puntos del reclamo de Sadaic. El Poder Ejecutivo, basándose en un informe de la Dirección Nacional del Derecho de Autor, afirmó que ni la Ley N° 17.648 ni su reglamento mencionan la exclusividad como un derecho de la sociedad. La norma citó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación para recordar que en Argentina “no existen derechos absolutos” y que nadie tiene un “derecho adquirido” a que las leyes y reglamentos no cambien.
El Gobierno agregó que la modificación buscaba eliminar cualquier limitación a la libertad de elección de los titulares de derechos, que ahora podrán optar entre varias entidades o gestionar sus obras por su cuenta.
Con este rechazo, el Gobierno notificó a Sadaic que la vía administrativa para su reclamo ya está agotada. Esto significa que, si la sociedad quiere seguir su batalla legal, deberá llevar el caso a los tribunales. Esta decisión marca un precedente en la gestión de los derechos de autor en el país, abriendo la puerta a un sistema más competitivo y descentralizado, que según el decreto, beneficia a los propios creadores y al público en general.
Fuente: medios digitales.





