BUENOS AIRES. La Cámara de Diputados de la Nación se disponía a sancionar al cierre de esta edición las modificaciones a la Ley 26.364 de Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas, en el marco de la sesión extraordinaria convocada para tal fin por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner.El proyecto venido del Senado obtuvo dictamen favorable de las comisiones de Legislación Penal, de Familia y de Presupuesto, con la firma del Frente para la Victoria y los bloques opositores. La oposición dio su apoyo en general, y la iniciativa era aprobada por unanimidad.Más allá de eso, los opositores cuestionaron los motivos que llevaron a que el tema debiera ser incluido en sesiones extraordinarias y no durante el período ordinario. Precisamente, las modificaciones fueron pedidas la semana pasada por el Poder Ejecutivo luego de conocerse el fallo de la justicia tucumana que absolvió a los 13 acusados por el secuestro y desaparición de Marita Verón, víctima de una red de trata de personas.Desde los palcos, su madre, Susana Trimarco, presenció la sesión junto a la senadora y esposa del gobernador tucumano, Beatriz Rojkés de Alperovich. Los alcances de la nueva leyLa ley define como “trata de personas” al “ofrecimiento, la captación, el traslado, la recepción o acogida de personas con fines de explotación, ya sea dentro del territorio nacional, como desde o hacia otros países”.Establece que “el consentimiento dado por la víctima de la trata y explotación de personas no constituirá en ningún caso causal de eximición de responsabilidad penal, civil o administrativa de los autores, partícipes, cooperadores o instigadores”.Castiga al proxenetismo con prisión de cuatro a seis años, al que explote económicamente el ejercicio de la prostitución de una persona, y al que “promueva o facilite la prostitución” de la misma. Asimismo, cuando la víctima fuere menor de 18 años, la pena sería de 10 a 15 años de prisión. Se contemplan agravantes cuando, para someter a la víctima, se emplee violencia, amenazas o cualquier otro medio de intimidación o coerción; cuando el autor fuera familiar, cónyuge, autoridad o ministro de cualquier culto, o encargado de la educación o de la guarda de la víctima, funcionario público o miembro de una fuerza de seguridad.El proyecto crea también un Consejo Federal y un Comité Ejecutivo para la Lucha contra la Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas.





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