Así lo dispuso la normativa sancionada en la Cámara de Diputados cuando se unificaron en un solo texto los proyectos de ley presentados por los diputados Carlos Rovira y Gustavo Weirich, que declaran la plenitud del dominio de la provincia sobre sus recursos naturales hídricos. Uno de los artículos ratifica que Misiones tiene “la plenitud del dominio imprescriptible e inalienable sobre los recursos naturales hídricos existentes en el territorio”, y en este sentido plantea que “todo emprendimiento hidroeléctrico que requiera o utilice los recursos naturales hídricos de la provincia debe contar con la participación del pueblo de Misiones e intervención activa del Estado provincial”.<a href="http://www.primeraedicion.com.ar/nota/249298/corpus-y-garabi-prioridad-entre-los-proyectos-hidroelectricos-de-la-.html">Este gran detalle no ha sido tenido en cuenta por los funcionarios del Ministerio de Energía de la Nación que brindaron la entrevista a la agencia Télam ya que no se hizo ninguna referencia al respecto.</a>Hasta el presidente Mauricio Macri, <a href="http://www.primeraedicion.com.ar/nota/236265/macri-ratifico-que-corpus-y-garabi-estan-en-la-agenda-%26ldquo%3Ba-m.html">en una entrevista con PRIMERA EDICIÓN en diciembre pasado</a>, señaló que se deberá respetar la voluntad de los ciudadanos misioneros antes de avanzar.La intervención del Estado misionero se realizaría a través del Gobierno provincial y la Cámara de Representantes, y será de carácter “obligatorio y previa a cualquier decisión de carácter provincial, nacional o binacional, respecto de emprendimientos hidroeléctricos, incluyendo la formulación del anteproyecto de los mismos”.En tanto, la participación del pueblo misionero se dará mediante un plebiscito, también “obligatorio, vinculante e irrenunciable”, y cuyos efectos duren mientras perduren “las condiciones particulares e históricas que dieron motivo a la decisión”.En la ley se define como recurso natural hídrico a toda vertiente, arroyo o río, sean superficiales, o subterráneos, que recorran en forma total o parcial el territorio de la provincia, o que sean compartidos con otras jurisdicciones provinciales o Estados extranjeros.
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