La Justicia dio lugar a la medida cautelar presentada por la docente Cristina Alfonzo y obligó al Consejo General de Educación (CGE) a concederle la licencia por largo tratamiento que Salud Laboral del organismo había denegado, pese a su diagnóstico de esquizofrenia. La docente pidió a Salud Laboral una licencia por largo tratamiento establecida en el Artículo 44 del Decreto 542/83, debido a su imposibilidad de estar frente a un aula. Este pedido se correspondía con la indicación médica de los profesionales que la atienden desde hace algún tiempo, su psiquiatra y su psicóloga. Sin embargo, luego de la entrevista con los profesionales de Salud Laboral, estos determinaron que el relato de Alfonzo no se adecuaba al diagnóstico y le otorgaron una licencia únicamente por treinta días, estipulada en el Artículo 43 del Decreto 542/83. Una vez cumplidos esos treinta días, el docente puede continuar de licencia pero sin cobrar sus haberes. La docente, afiliada a la Unión de Docentes Nueva Argentina de Misiones (Udnam) y asistida legalmente por el abogado Javier Lorenzo Olano, presentó un recurso de reconsideración con el argumento de que dicho diagnóstico “me impide realizar tareas ordinarias frente al alumno”. Como no hubo respuestas por parte del organismo educativo, se presentó un recurso de amparo que el último viernes obtuvo dictamen favorable por el Juez de Primera Instancia en lo Laboral Nº 1, Miguel Ángel Silva Dico, por lo que el CGE se ve obligado a otorgar la licencia por largo tratamiento establecida en el Artículo 44 “con goce íntegro de haberes y en los términos de lo indicado por el especialista tratante”, según consta en lo dispuesto por el Juez, documento al que tuvo acceso PRIMERA EDICIÓN.“Es importante porque esto sienta un precedente habída cuenta de los numerosos casos que se dan de docentes que solicitan el Artículo 44 en toda la provincia, y que con diversas excusas se los deniegan”, consideró el abogado de Alfonzo, Javier Olano. El asesor legal señaló que “en los últimos casos que tomé conocimiento, los médicos del CGE les dicen que es el sistema informático el que no habilita el otorgamiento del Artículo 44 sin importar cuál sea el padecimiento que presenta el docente”, lo que calificó como “una excusa” porque “en rigor a la verdad existe una bajada de línea de desalentar a los docentes a que soliciten esta licencia para paliar el prejuicio que existe en la patronal de que quienes están con largo tratamiento muchas veces lo alcanzan a través de una maniobra de connvivencia con los médicos que lo otorgan. En el afán de privarle a algunos avivados que utilizan esta licencia, afectan a quienes realmente están enfermos y necesitan de una licencia de largo tratamiento”.Para finalizar, remarcó el caso de los pacientes psiquiátricos por “el grave daño que le causa a la persona que ante su patología se encuentra ante un nuevo conflicto porque la patronal no le da la licencia y en el caso que se la dé, es sin goce de haberes. Eso repercute en sus posibilidades de recuperación”.
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