La sentencia a prisión perpetua a Hugo Ángel Vareiro, la primera de la Justicia de Misiones por femicidio, fue recurrida ante la Corte Suprema de la Nación.La presentación de los defensores del condenado de 46 años que arrolló con su automóvil -el domingo 5 de enero de 2014 en Campo Ramón- una motocicleta en la que se trasladaban dos jóvenes, una de ellas hija de su exconcubina, fue realizada la semana pasada.El recurso federal fue presentado contra la resolución del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Misiones (del 1º de diciembre de 2016), que ratificó la sentencia del Tribunal Penal 1 de Oberá con el rechazo a la casación interpuesta tras la sentencia del 29 de octubre de 2014.La defensa de Vareiro remarcó que “existe una clara y manifiesta apreciación errónea de la prueba obrante, tanto de la instrucción como la acumulada en debate y una errónea aplicación del dispositivo legal (…) Esto es una inadecuada calificación legal del encartado y la inexacta graduación de la pena aplicada”.Hugo Variero fue enjuiciado por el delito de “doble homicidio calificado por haberse cometido a mujer en contexto de violencia de género” por atropellar y provocarle la muerte -en estado de ebriedad y al mando de un Fiat Duna Weekend- a Cintia Marisela Gómez y Yessenia Ariana Victoria Filippin. De las víctimas fatales. Cintia Gómez era hija de la expareja de VareiroDichas muertes fueron consideradas como deliberadas, con intención de matar y en medio de un contexto de violencia de género, ya que el imputado culpaba a Cintia Gómez y a su hermana María de los Ángeles Alvez de Olivera, como responsables de su ruptura sentimental con Marian Alvez.Los abogados apuntaron en el recurso presentado y al que tuvo acceso en exclusiva PRIMERA EDICIÓN que “la causa llegó a debate con endebles pruebas que no acreditaron intención o dolo (de Vareiro) de querer matar a las víctimas (…) Fue un accidente de tránsito de los muchos y frecuentes que ocurren diariamente en la provincia y en el resto del país, producto de la fatalidad, sin voluntad de dañar”.Insisten como “errónea” la calificación del contexto de violencia de género, de la cual se desprende la figura del femicidio. “Exige la concurrencia de que el autor sea un hombre, que la víctima sea una mujer, que el agresor haya matado a la víctima por ser mujer y que el asesinato se haya perpetrado en un marco de violencia de género. Exige subordinación, relación desigual de poder de la víctima hacia el victimario. Se tiene a la mujer en menor estima que al hombre, se la considera un objeto. Y en este caso, eso no ha sucedido”.También sostuvieron que Hugo Vareiro “nunca tuvo antecedentes penales y que tanto la víctima fatal, su madre o su hermana, nunca formularon denuncia en su contra por amenazas, ni siquiera una exposición policial”.Vareiro fue condenado a prisión perpetua como autor penalmente responsable de los delitos de “homicidio calificado por haberse cometido contra una mujer en contexto de violencia de género y homicidio simple, en concurso ideal” previstos en los artículos 80 (inciso 11), 79 y 54 del Código Penal.
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