El proyecto, que ya recibió media sanción a fines del año pasado en la Cámara de Diputados, no prevé el autocultivo y fue convertido en ley a 24 horas de comenzar a ser tratado en comisión por los senadores.Los integrantes de las Comisiones de Salud, Ciencia y Tecnología y Presupuesto y Hacienda apoyaron de manera unánime el dictamen luego de escuchar los testimonios de médicos y familiares de pacientes con problemas neurológicos que utilizan el aceite de cannabis.El senador kirchnerista Juan Manuel Abal Medina pidió “ir firmando el despacho para tener lo más rápido posible esta ley en la Argentina”, mientras que Jaime Linares, de GEN, solicitó “buscar un despacho alternativo” pero reconoció que con ese camino “todo el procedimiento debería empezar de nuevo”.En tanto, el radical Julio Cobos consideró que el uso de cannabis con fines terapéuticos “es una ley necesaria urgentemente” y reclamó “tratarlo mañana sobre tablas”. Finalmente, la camporista Anabel Fernández Sagasti pidió introducir en la legislación “el autocultivo”, aunque reconoció que el proyecto “es un avance, una puerta que se abre en el Congreso de la Nación”.El proyecto que fue debatido en la sesión de anoche establece un marco regulatorio para la investigación médica y científica del uso medicinal, terapéutico y paliativo del dolor de la planta de cannabis y crea un programa nacional para el estudio y la investigación de su uso. Puntos principales• La ley para la investigación y el uso medicinal de la planta de cannabis habilita a organismos y laboratorios públicos a cultivar y producir las sustancias para los tratamientos médicos.• También permite al Estado importar el aceite de cannabis que se utiliza especialmente para los padecimientos neurológicos, pero no despenaliza el autocultivo.• Establece un “marco regulatorio para la investigación médica y científica del uso medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor de la planta de cannabis y sus derivados garantizando y promoviendo el cuidado integral de la salud”.• Crea el Programa Nacional para el Estudio y la Investigación del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis, sus derivados y tratamientos no convencionales, en la órbita del Ministerio de Salud.• El programa deberá “garantizar el aprovisionamiento de los insumos necesarios” para realizar los “estudios científicos y médicos”, ya sea “a través de la importación o de la producción por parte del Estado”.• También se encargará de establecer “lineamientos y guías adecuadas de asistencia, tratamiento y accesibilidad”, así como de “garantizar el acceso gratuito al aceite de cáñamo y demás derivados del cannabis a toda persona que se incorpore al programa”.• La autoridad de aplicación de la ley, que será definida por el Poder Ejecutivo, “podrá autorizar el cultivo de la planta de cannabis por parte del Conicet (Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas) o Inta (Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria) con fines de investigación médica y científica, así como elaborar la sustancia para el tratamiento que suministrará el programa”.• La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) “permitirá la importación de aceite de cannabis y sus derivados cuando sea requerida por pacientes que presenten las patologías contempladas en el programa y cuenten con la indicación médica pertinente”.• La provisión será gratuita para quienes se encuentren incorporados al programa.• El Estado nacional impulsará a través de los Laboratorios de Producción Pública de Medicamentos en Agencia Nacional de Laboratorios Públicos (Anlap) la producción pública de cannabis en todas sus variedades y su eventual industrialización en cantidades suficientes para su uso exclusivamente medicinal, terapéutico y de investigación.• Se crea un registro nacional voluntario para que se inscriban “los pacientes y familiares de pacientes que sean usuarios de aceite de cáñamo y otros derivados de la planta de cannabis” con la protección de sus datos personales.
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