Trabajar bajo los efectos del alcohol y de las drogas ya no será un motivo para despedir trabajadores. Una sentencia de la Corte Constitucional de Colombia avala esta medida siempre y cuando la productividad no se vea afectada, según un informe del diario El País.El argumento que usó la instancia superior tiene que ver con que las sustancias consumidas no siempre bloquean las labores en el trabajo. Aunque también plantea algunas restricciones, por ejemplo para las actividades "que involucran riesgos para el trabajador, sus compañeros o terceros". Por ejemplo, en las actividades de aviación.La iniciativa nació a partir de la iniciativa de estudiantes de una facultad de Derecho de la Universidad Uniciencia de Bucaramanga.“No le corresponde al empleador realizar un escrutinio sobre las conductas o modo de vida que el empleado realice en su esfera privada que no tengan relación directa con el ejercicio de sus deberes”, dice el fallo.Antagonistas. Ellos plantearon un recurso de inconstitucionalidad y consideraron que la ley que permitía los despidos tenía dos vicios: la igualdad de oportunidades para todos y protección del Estado para quienes estén en situación de debilidad manifiesta.Las opiniones se han polarizado y algunos expertos están a favor. Juan Manuel Charry, constitucionalista, dijo al diario español que solo se debería sancionar si es que existe una negligencia de conducta, al margen del estado en el que se encuentre. "A uno no se le puede sancionar por cómo es o cómo está, sino por lo que hace", dijo.En la otra vereda está Augusto Pérez, un experto quien asegura que la medida no trae ningún beneficio para la sociedad y por el contrario, resulta pernicioso. "Sienta un precedente dudoso, es peligroso para los mismos empleados", comentó el experto según señala el sitio PR.
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